Por Serafín Castro

 

La candidata del PRD a la gubernatura de Puebla, Roxana Luna Porquillo, podría ser acreedora a una multa  de hasta 219 mil 120 pesos por colocar propaganda electoral  en el Centro Histórico.

El inmueble se ubica dentro de la Zona de Monumentos. ORTESÍA TWITTER  @ESCAJOS
El inmueble se ubica dentro de la Zona de Monumentos.
ORTESÍA TWITTER @ESCAJOS

La perredista está infringiendo lo establecido en  el Código de Instituciones y Procesos Electorales del Estado de Puebla, así como el Código Reglamentario para el Municipio de Puebla (Coremun).

El pasado miércoles la abanderada del Partido de la Revolución Democrática (PRD) colgó una lona con su imagen en un edificio ubicado en la calle 7 Poniente número 509, entre la 5 y 7 Sur, el cual es utilizado como su casa de campaña.

El hecho fue reportado a través de la red social Twitter por el usuario @escajos. Ante esto, la lona con la imagen de Roxana Luna Porquillo fue retirada un par de horas después.

De acuerdo con el artículo 232 fracción V del Código de Instituciones, se establece que “No podrá colgarse, fijarse ni pintarse en monumentos, construcciones y zonas de valor histórico o cultural determinadas por los ordenamientos y las autoridades competentes; ni en los edificios públicos”.

 La lona fue retirada tras el “balconazo” en redes sociales. SERAFÍN CASTRO
La lona fue retirada tras el “balconazo” en redes sociales.
SERAFÍN CASTRO

Aunque no determina la sanción a la que podría ser acreedora la persona que infrinja lo establecido en el citado artículo, personal del área jurídica del Instituto Electoral del Estado (IEE) señaló que el Tribunal Electoral del Estado es el órgano encargado de resolver y sancionar esas quejas.

FOTO9Por otra parte, el artículo 1343 Bis del Coremun señala que: “Queda estrictamente prohibido fijar, instalar, y ubicar anuncios políticos o electorales dentro de la Zona de Monumentos a que se refiere el artículo 1186 fracción XXX de este Código, aún cuando sean tiempos electorales, con la finalidad de salvaguardar el patrimonio histórico de la Ciudad de Puebla”.

La zona de monumentos comprende la superficie que va de la 13 Norte-Sur a 14 Norte-Sur y de 18 Oriente-Poniente a 11 Oriente-Poniente, de acuerdo con el artículo 1186 fracción XXX.

 

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