Resuelve el Tribunal Electoral del Estado de Puebla 87 de 92 recursos de Procesos Especiales Sancionadores resultado de los pasados comicios del5 de junio
Por: Redacción
Fotos: Cortesía Tribunal Electoral del Estado de Puebla
Con el objetivo de responder a la demanda de la sociedad por tener instituciones electorales eficientes, confiables, imparciales y profesionales, el Tribunal Electoral del Estado de Puebla (TEEP) ha dado resolución a diversas quejas y denuncias presentadas ante este órgano jurisdiccional derivado del actual proceso electoral 2015-2016.
El TEEP, en total cumplimiento al Código de Instituciones y Procesos Electorales del Estado de Puebla, así como del reglamento interior del Tribunal Electoral del Estado de Puebla, recibió 92 recursos correspondientes a procesos especiales sancionadores, de los cuales se han resuelto 87 y cinco están pendientes de resolución.
Asimismo, recibió 35 apelaciones, de las cuales 15 se relacionan con el proceso electoral, de las que 13 fueron resueltas y sólo quedan pendientes dos.
Por otra parte, el Tribunal Electoral del Estado de Puebla recibió 11 apelaciones y un asunto general a través del cual impugnan el cómputo final de la elección de gobernador.
Sanciones y amonestaciones
El TEEP resolvió 34 procesos especiales sancionadores, en tres de los cuales (TEEP-AE-025-2016, TEEP-AE-038-2016 y TEEP-AE-062-2016) se determinó responsabilidad a la Coordinación General de Comunicación, Difusión y Promoción del gobierno del estado en la colocación de propaganda gubernamental de manera irregular durante el proceso electoral, por lo que “el Pleno del Tribunal determinó dar vista al Gobernador del Estado” para que resuelva respecto de los actos señalados.
Por otra parte, el gobernador electo, José Antonio Gali Fayad, y los partidos integrantes de la coalición Sigamos Adelante recibieron una serie de amonestaciones por diversas faltas realizadas durante el proceso electoral de pasado 5 de junio.
La resolución del expediente TEEP-AE-034-2016 fue por propaganda colocada en equipamiento carretero; también se amonestó al partido Pacto Social de Integración. En el expediente TEEP-AE-085-2016 se amonestó a Gali Fayad y la coalición Sigamos Adelante por propaganda ubicada en el mercado Independencia.
Del expediente TEEP-AE-017/2016 se derivó otra amonestación contra Gali Fayad y el PAN; en el TEEP-AE-032/2016 se amonestó al gobernador electo y al Partido Acción Nacional y en el TEEP-AE-054/201 la amonestación también fue para el PT, todas por colocar propaganda en equipamiento carretero. Por las denuncias TEEP-AE-037/2016 y TEEP-AE-078/2016 los magistrados amonestaron a Gali Fayad y al PAN por propaganda en postes de luz, puentes y bardas.
Además, en tres resoluciones más se reconvino sólo a los partidos políticos que integraron Sigamos Adelante. Las amonestaciones derivadas de los expedientes TEEP-AE-056-2016, TEEP-AE-077/2016 y TEEP-AE-033/2016 fueron contra el PAN y Sigamos Adelante por colocar propaganda en equipamiento urbano y carretero diverso.
Con respecto a las denuncias asentadas en los expedientes TEEP-AE-018/2016 y TEEP-AE-072/2016 se determinó que no hubo repartición irregular de programas de mochilas (por parte del gobierno del estado) y de apoyos para los adultos mayores por parte de la administración federal; denuncias presentadas por el Partido Revolucionario Institucional y Compromiso por Puebla, respectivamente.
En el resto de los expedientes los magistrados determinaron la inexistencia de las faltas por parte de los candidatos y partidos denunciados.
El Tribunal Electoral del Estado de Puebla, en su nueva integración, tiene el reto de constituirse en una institución jurisdiccional sólida que obligue al cumplimiento de la ley, fortaleciendo la confianza de la sociedad, enalteciendo una justicia imparcial e independiente.
