Desde que tomó distancia del Ejecutivo y dejó de ser un simple apéndice de éste, hace ya más de 20 años, el Poder Judicial se ha convertido en un actor fundamental de la vida social.
Regularmente, su máxima instancia, la Suprema Corte, toma decisiones que se convierten en guías para la convivencia de los habitantes del país y de la relación entre gobernantes y gobernados.
En la última década –como apuntó hace unos días en estas páginas mi compañero Juan Pablo Reyes en un reportaje–, la Corte ha influido en asuntos de políticas públicas, como la salud, la seguridad y la educación, así como en temas sociales, financieros, de derechos humanos y controversias políticas.
De hecho, al revisar el trabajo de los otros Poderes, la Corte participa en la política pública, algo que no se reconoce con mucha frecuencia.
Hay quienes alaban a la Corte sólo cuando toma decisiones que comulgan con su visión del mundo, pero creo que sería importante dar consideración, en un sentido general, al trabajo que realiza el Poder Judicial como intermediario y apaciguador, en este país en el que la desavenencia, la polémica y aun el escándalo son parte del paisaje.
No todos sus fallos podrán gustar a todos, pero qué importante es tener –y cuidar—una institución a la que se puede recurrir para el arbitraje cuando las opiniones de unos y otros sobre temas de interés público se proyectan en sentidos opuestos.
En el actual diferendo sobre la Reforma Educativa, y todas las consecuencias que ésta ha producido, el Poder Judicial ha estado presente.
Por ejemplo, a finales de mayo pasado, la Corte validó el artículo 61 de la Ley General del Servicio Profesional Docente, referente al otorgamiento de licencias laborales y los cambios de planteles educativos para los maestros del país.
Los integrantes de la Segunda Sala negaron por unanimidad un amparo a un grupo de 16 profesores que impugnaban dicha norma por “restringir, limitar o suprimir” derechos laborales de los trabajadores de la educación previstos en los artículos 123, apartado B y 116, fracción VI de la Constitución.
“A fin de generar estabilidad y continuidad en el proceso de enseñanza y aprendizaje resulta conveniente que los profesores que se presenten ante grupos sean los mismos durante todo el ciclo escolar, pues son ellos quienes conocen de manera más completa las características, necesidades y evolución que han tenido los alumnos del grupo desde que inició el ciclo escolar”, dice la sentencia.
Y agrega que los derechos laborales invocados por los quejosos “se encuentran condicionados al cumplimiento de las obligaciones que establece la Ley General del Servicio Profesional Docente”.
No era la primera vez que la Corte se pronunciaba sobre el contenido de la Reforma Educativa. Los integrantes de la CNTE, principales impugnadores de los cambios, han perdido una y otra vez en su intento por echarlos abajo vía el Poder Judicial.
Ahora son los empresarios organizados quienes acuden a él con la esperanza de que la Corte los ampare ante la inacción de las autoridades frente a los bloqueos que ha venido realizando el magisterio disidente para tratar de que la reforma sea abrogada.
En mi opinión, esa es la vía que tendrían que seguir todas las personas y todos los grupos que se sienten agraviados por una decisión de la autoridad o por la aprobación de una ley.
Desgraciadamente sigue prevaleciendo la vieja práctica de organizaciones sociales que recurren a la protesta no tanto para ejercer el derecho constitucional a manifestarse –que todos tenemos y qué bueno– sino además para convertir en un infierno la vida de los demás a fin de que alguna autoridad se sienta obligada a darles gusto.
Las marchas debieran ser sólo una forma de expresar ideas, a favor o en contra, pero la resolución de una polémica –en la que las partes no pueden ponerse de acuerdo– debiera dejarse a los jueces y respetarse el sentido de su decisión.
Así funcionan las democracias. En aras de la convivencia social, nadie debiera tratar de imponer por la fuerza su voluntad a los demás. Y en caso de diferendo debiera someter su punto de vista al examen de un tercero.
