Vianeth Rojas Arenas, especialista en violencia de Género, señaló que se debió tipificar este delito de acuerdo como lo marca el Código Penal del Estado y por registrarse una agresión sexual

Por: Ilse Contreras / @Se_GatoPardo 
Foto: Archivo

El caso de Mara Castilla debió considerarse feminicidio desde el inicio, ya que hubo agresión sexual por parte del conductor de Cabify, Ricardo Alexis, circunstancia prioritaria para tipificar este delito de acuerdo con el Código Penal del Estado, señaló Vianeth Rojas Arenas, especialista en violencia de Género y ex directora del Observatorio de Derechos Sexuales y Reproductivos (Odesyr).

Indicó que son nueve las características dentro del Código Penal del estado de Puebla para tipificar un homicidio como feminicidio, no obstante, puntualizó que no es necesario cumplir con todas, ya que una sola basta para definir el delito.

Un feminicidio existe cuando se priva de la vida a una mujer por razones de género, tales como:

Que el sujeto cometa el crimen por odio, rechazo o repugnancia a las mujeres; por celos extremos respecto a la víctima; cuando hay mutilaciones previas o posteriores a terminar con la vida, violencia sexual, actos de necrofilia, tratos crueles o inhumanos.

Que existan antecedentes de violencia familiar, laboral, escolar o de cualquier tipo en contra de la mujer; que haya existido una relación sentimental, afectiva o de confianza entre la víctima y agresor; cuando existan amenazas, acoso o lesiones por parte del atacante.

Que la mujer haya sido incomunicada, cualquiera que sea el tiempo previo a la privación de la vida; que el cuerpo de la víctima sea expuesto o exhibido en un lugar público y/o que la víctima tenga parentesco con el agresor.

Rojas Arenas precisó que en el caso de la ahora ex estudiante de la UPAEP, se debieron considerar al menos dos de estos elementos para la investigación, así como en los demás hechos registrados en lo que va del año.

Apuntó que si bien existen las leyes y protocolos adecuados, a los funcionarios a la hora de aplicarlos les hace falta la perspectiva de género, qué, de acuerdo con la Fiscalía del Estado hay un acuerdo donde todos los homicidios dolosos de mujeres se deben investigar bajo este aspecto , después ya se puede descartar si es o no feminicidio y no viceversa.

“Se re victimiza la víctima diciendo ‘se lo mereció, es que salió a tomar, era de noche, por qué estaba sola’, como si esas fueran razones para decir que es culpa de la víctima”, por ello la especialista consideró que aquellos funcionarios deberían ser removidos de sus puestos, ubicándolos en un área administrativa y no de investigación.

El hallazgo 

De acuerdo con la cronología de la Fiscalía General del Estado (FGE), el 8 de septiembre, Mara Fernanda Castilla Miranda fue llevada por el chofer de Cabify después de las 5:30 horas al Hotel del Sur, luego de pasar un rato afuera del fraccionamiento Torres de Mayorazgo, donde vivía la joven de 19 años, ahí Ricardo Alexis abusó sexualmente de ella para después estrangularla, envolverla en una sábana y dejarla tirada en la zona de Santa María Xonacatepec.

 

 

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