La decisión de la autoridad mantiene la inhabilitación por 12 años, así como una sanción por 25.5 millones de pesos contra el ex alcalde poblano

Staff 24 Horas Puebla 

El Juzgado Tercero de Distrito de Amparo Civil, Administrativo y de Trabajo y de Juicios Federales sobreseyó el expediente 553/17, lo cual mantiene firme el procedimiento del Congreso del estado que dio pie a la inhabilitación por 12 años y la imposición de una sanción de 25.5 millones de pesos en contra de Eduardo Rivera Pérez por anomalías en el manejo de su cuenta pública 2013, siendo presidente municipal de Puebla.

Fue en marzo pasado cuando Rivera Pérez solicitó el amparo 553/17 en contra del Congreso local y de la Auditoría Superior del Estado (ASE) respecto a los plazos y tiempos cuando fue notificado sobre el Inicio de Procedimiento Administrativo de Determinación de Responsabilidades (IPADR) por su cuenta pública 2013.

La decisión del Juzgado dejó sin efecto la queja de Eduardo Rivera y determinó la correcta actuación tanto del Congreso local y la ASE, así como que el procedimiento se desarrolló conforme a la ley.

En su oportunidad, Rivera Pérez explicó que fue el pasado 20 de enero cuando se presentó a la audiencia en la ASE, momento a partir del cual empezó a correr un plazo de 30 días hábiles para que el Congreso local dictaminara su cuenta pública 2013, el cual venció y por ello recurrió al Poder Judicial de la Federación.

“Como no cumplieron el plazo de 30 días que señala el artículo 68 fracción II de la Ley de Responsabilidades de Servidores Públicos para resolver en definitiva y tenían 30 días para hacerlo. Como no lo hicieron acudí a la justicia federal y el juez ha admitido el amparo”, explicó en una entrevista a El Sol de Puebla.

Hasta la fecha, se mantiene en proceso el juicio de amparo 943/2017, promovido también por Rivera Pérez en contra de la inhabilitación y multa impuestos por el Congreso local el pasado 7 de abril. El recurso se encuentra radicado también en el Juzgado Tercero de Distrito de Amparo Civil, Administrativo y de Trabajo y de Juicios Federales.

En ese juicio, Rivera logró que su nombre no fuera inscrito en el Registro Nacional de Servidores Públicos Sancionados, lo cual fue decretado el 8 de junio por el mismo juzgado.

“Dicha medida cautelar se concede para el único efecto que las autoridades responsables se abstengan de ordenar a quien corresponda, la inscripción de las sanciones que le fueron impuestas al aquí peticionario de amparo Eduardo Rivera en el correspondiente Registro Estatal y Nacional de Servidores Públicos Inhabilitados. Lo anterior, tomando en consideración que su ejecución puede ocasionar daños de imposible reparación al inconforme, que inciden en su propia imagen, en el ámbito personal y profesional”, según el acuerdo emitido.

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