Los magistrados señalaron que el aspirante incurrió en una serie de irregularidades en su declaración de gastos de precampaña ante el Instituto Nacional Electoral.

Por: Osvaldo Valencia

 

El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó la multa de 149 mil 211 pesos al candidato a la gubernatura Enrique Doger, por incurrir en una serie de irregularidades en su declaración de gastos de precampaña ante el Instituto Nacional Electoral (INE).

De acuerdo con el INE, el abanderado tricolor omitió reportar el pago de 43 mil 338 pesos por publicidad de una página de Facebook, lo que ameritó una sanción de 65 mil siete pesos.

También olvidó comprobar la aportación de materiales de diseño y pinta de bardas, lo que le agregó al candidato 81 mil 939 pesos a la sanción en su contra.

Además, en el reporte de eventos realizados omitió informar la cancelación de tres eventos con 24 horas de anticipación, con lo que se adicionaron dos mil 264.70 pesos a la infracción

Tras la determinación del Consejo General del INE, el Partido Revolucionario Institucional (PRI) impugnó ante el TEPJF la multa en contra de su candidato.

Sin embargo, ayer, la Sala Superior del Tribunal determinó que el partido tricolor no logró comprobar con toda la documentación requerida el pago de publicidad en la red social Facebook.

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EL DICTAMEN

En el documento se expone que el partido sólo presentó recibos para comprobar el pago en redes sociales, aunque estos no eran suficientes  como comprobantes fiscales digitales de las aportaciones en especie, además de que todos los ingresos de la precampaña debieron comprobarse de manera fehaciente.

En tanto, el Revolucionario Institucional alegó que estaba imposibilitado material y jurídicamente para comprobar este desembolso.

Al respecto, la Sala Superior indicó que “... en el caso particular, la autoridad fiscalizadora, derivado del monitoreo en Internet detectó propaganda que omitió reportar el sujeto obligado en el informe, evidenciado irregularidades en la información documentación relativa a los gastos que fueron reportados, a través del SIF, por lo que ante la falta de reporte la autoridad responsable otorgó valor a la circularización con el proveedor Facebook”.

En el caso de los cambios de la agenda no reportados, los magistrados señalaron que el instituto político tiene la obligación de reportar en tiempo real la modificación de actividades de los candidatos.

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