Por: Staff 24 Horas Puebla
La sentencia con la cual el PRI obtuvo el triunfo de la presidencia municipal de San Salvador El Seco fue revocada por el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) tras haber usado argumentos “ilegales” y por una actuación parcial de parte de los magistrados del TEEP.
Lo anterior fue determinado este jueves por integrantes de la Sala Regional de la Ciudad de México, al atender el juicio que Morena presentó en contra de la sentencia con la que el Tribunal Electoral del Estado de Puebla anuló el 19 de julio su triunfo y ordenó al Instituto Electoral del Estado (IEE) a entregar la constancia de mayoría a la planilla registrada por el PRI.
La justificación de los magistrados fue que hubo errores en la captura de los resultados y que fue incorrecta la realización del cómputo supletorio por parte del IEE, por lo que el triunfo en los comicios municipales correspondía al PRI y no a Morena.
Los integrantes del tribunal local no solicitaron a los representantes partidistas copias de las actas y con los datos que surgieron del cómputo supletorio hecho por el IEE, decidieron que la planilla ganadora de la elección fue la inscrita por el Revolucionario Institucional, señala el análisis hecho por el magistrado Héctor Romero Bolaños al juicio SCN-JRC-97/2018.
“El Tribunal local no motivó adecuadamente la revocación del cómputo municipal pues tomó como cierto los nuevos datos que proporcionó el Consejo General del Instituto Electoral y con base en ellos efectuó la recomposición del mismo sin allegarse de mayores elementos de convicción que permitieran dictar su fallo con un cómputo íntegro de las casillas instaladas verificando si efectivamente se trataba de errores asentados en las actas de escrutinio y cómputo o bien de posibles imprecisiones en que hubiere incurrido el señalado Consejo”, refirió el magistrado Romero Bolaños.
Además, la Sala Regional Ciudad de México ordenó a los magistrados a emitir una nueva resolución en un “breve término”, para lo cual tendrán que solicitar a las representaciones partidistas las copias de las actas para efectuar el cómputo municipal.
