Las limitaciones no cubiertas, desde insumos hasta personal, limitan el desempeño de la dependencia

Por: Guadalupe Juárez

La Fiscalía General del Estado (FGE) continúa con limitaciones para resolver los casos, ya que tiene necesidades que no se han cubierto, desde insumos hasta personal, criticó el Instituto para la Gestión, Administración y Vinculación Municipal (Igavim).

En un reporte de eficiencia de la FGE indica que bajo estas condiciones, el ciudadano cada vez pierde más el interés de denunciar cuando es víctima de un ilícito.

“Siguen existiendo necesidades en las fiscalías que no son cubiertas (…) lo que repercute y limita el desempeño laboral, la atención a la ciudadanía y el seguimiento adecuado”, dice el Igavim.

Por lo anterior, concluye el instituto que aunque el personal tenga un buen desempeño y haga “su máximo esfuerzo”, al final el resultado es deficiente.

Por ejemplo, en homicidio doloso las carpetas iniciadas comparadas con las concluidas son mínimas, pues de las dos mil 25 abiertas de enero de 2016 a junio de 2018, sólo 23 culminaron en sentencias, 21 con algunas determinaciones contempladas en la legislación, siete “del no ejercicio de la acción”, 15 que se dirigieron al archivo temporal y siete al definitivo.

En secuestro –en el mismo periodo mencionado– se iniciaron 90 carpetas de investigación, de las cuales sólo cinco terminaron en sentencia y dos con algunas otras determinaciones contempladas en la legislación.

En extorsión se han abierto 339 carpetas de investigación de enero de 2016 a junio de 2018, de las cuales en tres hubo sentencia, en cinco hubo “no ejercicio de la acción”, en seis se determinó enviarlas a archivo temporal y cinco en definitivo.

Respecto al robo con violencia –también de enero de 2016 a junio del año en curso– se registraron 33 mil 179 carpetas de investigación iniciadas, mientras que concluidas en 12 hubo sentencias, en 234 archivo temporal, en 76 a definitivo, ocho se abstuvieron a investigar –al considerar que extinguió el ejercicio de acción penal– y  en 15 la determinación fue “alguna otra contemplada en la legislación”.

Según el Instituto Mexicano para la Competitividad (Imco),  las investigaciones determinadas como archivo temporal se debe a cuando los datos o indicios son insuficientes para esclarecer los hechos o no se cuenta con pruebas suficientes que ayuden a un avance para resolver los casos.

En tanto, cuando la investigación se va a archivo definitivo se refiera a que, aunque se comprueban los hechos, estos no son considerados un delito, por lo cual no continúa el proceso.

En cuanto al no ejercicio de la acción, es cuando hay una suspensión o cambio por parte de un juez, mientras que “otras determinaciones contempladas en la legislación” son por lo regular cuando hay salidas alternas como acuerdos reparatorios.

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