Por: Staff 24 Horas Puebla
Foto: Archivo Agencia EsImagen

Tras concluirse el plazo, 11 organizaciones de ciudadanos presentaron su carta de intención para convertirse en partido político ante el Instituto Electoral del Estado.

Las organizaciones que presentaron su intención son "Poblanos por el Bien Común", presidida por Alejandro Dávila Piscil; "Unidos Por Puebla" por Javier Castellanos Vázquez y Oswaldo Nahúm Robles Calvo; "Fuerza Migrante" por Jaime Lucero Cazarez y Juan José Corrales Gómez; "5 de Mayo" por Jesús Barrales Sevilla; "Podemos Puebla" por Elieser Casiano Popócatl Castillo; "Sumando Por Puebla A.C." de Gabriel Hinojosa y Rivero; además de Roberto Cruz Fosado, cuyo nombre no señaló.

También buscan el registro las asociaciones "Fuerza de Unidad Transformadora", dirigida Salomé Eva Bolaños Vega, José Luis Soriano Madrid y Mario Coatl Chantes; "Renacimiento" de José Enrique Santiago Mora y Eric Paul Michimani Gutiérrez; así como "Partido Fuerte" de Alejandro Espinosa Farrera, Alma Delia Flores Herrera, Keiko Pascual Nakamura, Blanca Isabel Torreblanca Hernández, Odilón Díaz González y Juan Carlos Criollo Mellado.

La lista la completa la organización "Une Puebla" de Ana Paola Migoya Velázquez, María Dominga Adriana Amador Barrera, Rafael Silva Mancilla, Luis Rubén Cordero Carranza, Irving Johanan Velasco Franco y Francisco Delgado Reyes.

Las organizaciones ciudadanas deberán de celebrar asambleas distritales o municipales en cuando menos dos terceras partes de los distritos o municipios, en presencia de funcionarios designados por este IEE Puebla.

Asimismo tendrán que presentar su solicitud respectiva en el mes de enero anterior a la siguiente elección, es decir en el mes de enero del año 2020, las cuales deberán estar acompañadas de la declaración de principios, el programa de acción y los estatutos, así como las listas nominales de afiliados y actas de asambleas celebradas.

Además deberán entregar un informe mensual sobre el origen y destino de sus recursos a partir de la entrega de aviso de intención y hasta la resolución de la procedencia de su registro.

El Consejo General está facultado para conocer las solicitudes y en un plazo no mayor a 60 días naturales posteriores a su presentación formulará el proyecto de resolución de registro, mismo que en caso de ser procedente surtirá efectos constitutivos a partir del primer día del mes de julio del año previo a la elección.

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *