Cuatro comunidades indígenas pudieron detener los trabajos, ya que luego de cinco años de lucha, tribunales federales ordenaron a la empresa Bonatti Spa suspender la finalización de la obra.
Por: Mario Galeana
Por encima de la consulta pública que propone el gobierno federal, la suspensión del Gasoducto Morelos está temporalmente garantizada a través de la lucha jurídica que cuatro pequeñas comunidades indígenas de Atlixco han emprendido desde hace cinco años.
Los pobladores de San Jerónimo Caleras, Santa Lucía Cosamaloapan, San Isidro Huilotepec y San José El Recreo son artífices de un amparo por el cual los tribunales federales ordenaron a la empresa italiana Bonatti Spa —que fue subcontratada por el emporio TransCanada— suspender la finalización de la obra.
El amparo fue concedido el 7 de abril de 2017 por el Juzgado Primero de Distrito de Amparo en Materia Penal, y cede a los actos reclamados por las comunidades, como el posible riesgo ambiental que podría provocar el inicio de operaciones del Proyecto Integral Morelos (PIM), como se conoce al gasoducto en esta región.
Sin embargo, el 3 de mayo de 2017 las empresas responsables de la construcción del Gasoducto Morelos presentaron un recurso de revisión contra el amparo ante el Primer Tribunal Colegiado en Materia Penal del Sexto Circuito.
Hasta ahora, esta autoridad jurisdiccional no ha dictado sentencia contra el recurso promovido por las empresas extranjeras, que son —como reveló el presidente Andrés Manuel López Obrador— propietarias del gasoducto.
El PIM está compuesto de 160 kilómetros de ducto y una planta termoeléctrica ubicada en Huexca, un poblado de Yecapixtla, en Morelos. Sólo esta central de energía es propiedad de la Comisión Federal de Electricidad (CFE), que invirtió por lo menos 20 mil millones de pesos para su construcción.
El gasoducto recorre 15 municipios de Puebla, nueve de Tlaxcala y cuatro de Morelos. En los tres estados las comunidades afectadas han presentado amparos, pero sólo en Puebla los tribunales federales han fallado a favor de las poblaciones.
PARAN OBRAS POR RIESGO
Patricia Montaño Flores, representante legal de las cuatro comunidades de Atlixco, ha explicado que el amparo otorgado se deriva del expediente 402/2015, en el cual los afectados plantearon el riesgo en el que se encontrarían si el Gasoducto Morelos iniciara operaciones.
En el amparo recalca la peligrosidad de la cercanía del volcán Popocatépetl con el gasoducto, con base en estudios presentados por el Centro Universitario de Prevención de Desastres Regionales (Cupreder).
También menciona una posible violación a los derechos de los pueblos originarios, pues las empresas iniciaron la construcción del ducto sin haber realizado una consulta previa conforme a lo establecido en el artículo 6 del Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), el cual obliga a que cualquier proyecto u obra que afecte la vida de las comunidades debe ser sometido a consulta.
SE AMPARAN EN MORELOS Y TLAXCALA
De acuerdo con la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH), comunidades indígenas de Morelos y Tlaxcala también han presentado amparos en contra del PIM.
El primero fue presentado por el Comisariado Ejidal del poblado de Anenecuilco, Morelos ante el Juzgado Séptimo de Distrito en Cuernavaca, Morelos, señalando como actos reclamados “la construcción de un acueducto subterráneo, la falta de notificación, la violación al derecho de audiencia y de tratamiento de aguas residuales”, según la CNDH.
Este recurso se encuentra en trámite ante el Juzgado Quinto de Distrito en el estado de Morelos.
El segundo amparo fue promovido ante el Juzgado Tercero de Distrito en Tlaxcala, y en él se acusa de haber otorgado información errónea sobre las concesiones y permisos para llevar a cabo el proyecto. Este recurso, sin embargo, fue sobreseído en una sentencia que se dictó el 24 de agosto de 2016.

