Hechos y Derechos 
Por: Luis Rosete Morales / @LuisRosete

El Dr. Floyd J. Fowler Jr., es un investigador del Centro de Investigación de
Encuestas (Center for Survey Research) de la Universidad de Massachusetts en
Boston, es autor de libros sobre metodología de encuestas y entrevistas en los
que ha desarrollado técnicas para para mejorar los procesos de investigación por
medio de ese tipo de instrumentos.

El autor apunta que la mejor manera de tener información para una investigación
es tener buenas herramientas de apoyo y en ese sentido, sugiere que los
cuestionarios son útiles para conseguir los objetivos deseados.

También explica que la confiabilidad de la medición dependerá de la especificidad
con que sea elaborado el cuestionario, por ello, recomienda evitar el uso de
palabras inadecuadas o aquellas cuyo sentido puede variar entre personas,
recomienda indagar si el encuestado tiene información contextual disponible para
responder el interrogatorio y asegurar que la pregunta o preguntas tengan el
mismo significado para todos los encuestados.

Naturalmente, un par de aspectos que considera de gran relevancia es la forma
como se lleva a cabo la medición (presencial o vía telefónica) así como la función
y participación de los encuestadores, su conducta y la manera de actuar e
interactuar con los encuestados ya que esto, dice Fowler, incide en el proceso de
recolección de información.

Al respecto, precisa que tanto la forma, como el lenguaje verbal y no verbal de
los encuestadores puede estimular de manera positiva o negativa a los
sujetos encuestados y eso repercute en la respuesta e invariablemente en el
resultado de la investigación, de ahí que insiste en la necesidad de que tengan
una preparación adecuada para que su función no incida en forma alguna en las
respuestas ni quite validez o credibilidad a la investigación.

A su juicio, hasta el mínimo detalle puede ser factor de confiabilidad en una
medición de ahí que sea recomendable levantar ejercicios demoscópicos con
reglas estandarizadas en las que se ponga especial cuidado en las preguntas o
cuestionarios y se atiendan las habilidades del entrevistador, incluso sugiere evitar
que el ejercicio se vuelva monótono por la sola lectura de un guion, ya que eso puede resultar incómodo para algunos y hacerlos perder interés al momento de
responder.

Así, siguiendo las recomendaciones de Fowler, la mejor estrategia para evitar
entrevistas deficientes e investigaciones de cuestionable validez, es tener
preguntas bien planteadas, sin sesgos ni tendenciosas, que sean de fácil
comprensión para el encuestado y, sobre todo, un grupo de encuestadores o
entrevistadores comprometidos con la calidad y resultado de la investigación cuyo
método sea bien llevado a la práctica.

Estas reflexiones tienen vigencia ahora que han concluido las precampañas a
Gobernador del Estado de Puebla y es inminente el registro de candidatos ante el
Instintito Nacional Electoral.

Según las reglas establecidas en la convocatoria aprobada por el Comité Ejecutivo
Nacional de Morena, –reglas por cierto apegadas el estatuto del partido– la
decisión de las candidaturas del partido serán el resultado de “…la utilización
armónica de los métodos de elección, insaculación y encuesta de acuerdo a lo
señalado en este apartado…” es decir, el candidato a gobernador de ese partido
político será el mejor posicionado en la encuesta que lleve a cabo en los próximos
días.

Poniendo en perspectiva lo anterior con los Lineamientos de la Regulación de
Partidos Políticos de la Organización para Seguridad y Cooperación de Europa, la
Oficina de Instituciones Democráticas y Derechos Humanos de la esa
Organización (OSCE e OIDDH sus siglas en inglés) y la Comisión de Venecia, los
partidos políticos tienen el poder de seleccionar candidatos a posiciones de
elección popular y para ello es necesario que establezcan en sus normas
estatutarias “requisitos claros y transparentes para la selección de candidaturas”
algo que bien podría aparejarse al principio de certeza (conforme al cual las reglas
de todo proceso deben establecerse previamente y ser claras para los
interesados).
Me pareció importante escribir sobre esto porque es un caso que llama la atención
dado al método de selección determinado por Morena, ya que no se ve claro de
qué manera se llevará a cabo la encuesta, y aunque el estatuto sólo prevé que la
medición estará a cargo de una comisión integrada por tres técnicos especialistas
de inobjetable honestidad y trayectoria que elige el Consejo Nacional del partido,
poco se dice de la metodología que será aplicada a la insaculación/encuesta de
donde será ungido el candidato.

No obstante, el texto de esas reglas fue establecido con la oportunidad que marca
el calendario electoral y de una búsqueda a los registros de medios de
impugnación, ninguno de los otrora precandidatos ni otros interesados
controvirtieron las bases de la convocatoria cuestionando la ausencia de un
método, de manera que implícitamente aceptaron las bases sin poner en duda la
claridad del proceso ni objetarlo por una posible trasgresión al principio de certeza
sobre las reglas del proceso de selección del partido.

Entonces, sólo queda esperar la celebración de la encuesta y ver si alguno de los
que fueron precandidatos se inconforman con el resultado y el eventual registro de
quien sea favorecido. Quedará en la cancha de los inconformes impugnar el
registro y en la Sala Superior determinar lo que corresponda.

Finalmente, una cosa debe tenerse presente, los partidos políticos en México
tienen reconocido el derecho de auto organizarse y determinar las acciones para
regir su vida interna, en los términos que se ajuste a su ideología e intereses
políticos de manera que las autoridades del Estado Mexicano sólo pueden intervenir en los términos y condiciones que establecen las leyes.

Pero ojo, esa libertad de autodeterminación implica que los partidos deben apegarse a los principios democráticos, en situaciones como la selección de sus candidatos, si bien en principio el estatuto de Morena tiene validez constitucional reconocida por las autoridades electorales siempre es factible que en su aplicación, alguna o algunas de sus disposiciones perjudique a un militante o simpatizantes, de modo que, sobre casos particulares sea posible el análisis especifico de las normas estatutarias.