Disiento
Por Pedro Gutirérrez / @pedropanista

Cual partido pequeño, el PAN local emitió casi en lo oscurito el día 28 de febrero del año en curso las providencias por las que se aprueba la expedición de la invitación (sic) para participar en el proceso de designación para la selección (sic) de la candidatura a la gubernatura constitucional del estado de Puebla. Más allá de la pésima redacción de quien intituló la convocatoria (un párvulo lo hubiera hecho mejor), Acción Nacional publicó en la página de Internet una convocatoria a todas luces apresurada, ridícula, pero sobre todo sin fundamento estatutario, es decir, ilegal.

Primero fue la nula estrategia del partido para la toma de decisiones respecto a la designación del gobernador interino. Y ahora, entre malabares e indecisiones, vemos al PAN convocando a un proceso de selección de candidato a la gubernatura que resulta ser una auténtica vergüenza para el panismo, su esencia e historia democráticas.

De acuerdo con los estatutos generales del PAN, la selección de candidatos tendrá que realizarse por el voto de la militancia (regla general) o elección abierta a los ciudadanos y, sólo por excepción y con causa justificada, por el método de designación. Para que el mecanismo de designación respecto a la candidatura a gobernador sea procedente, es menester que lo solicite el Consejo estatal por el voto de la mayoría calificada de sus integrantes. Si esto sucedió o no, es imposible saberlo, pues el Consejo estatal se reunió el pasado 12 de febrero y el boletín de prensa emitido por el partido en la cuenta @PANPUEBLA dio cuenta de que por unanimidad, los consejeros autorizaron a la presidenta Genoveva Huerta la propuesta para suscribir alianza con otros partidos, y que, entre otros temas, se aprobó la plataforma electoral y los ingresos y egresos financieros de la institución, pero nada más. No se refiere ni alude, ni siquiera se insinúa, que el Consejo estatal haya aprobado solicitar al CEN la designación directa del candidato a gobernador.

Que la sesión de Consejo estatal del 12 de febrero es la base por la cual el CEN atrajo el mecanismo de selección por designación del candidato a la gubernatura, lo demuestran las providencias ya referidas en el primer párrafo, firmadas por Héctor Larios el 28 de febrero.

Suponiendo sin conceder que se aprobó en el Consejo estatal el método de designación, habría también que revisar los argumentos de fondo que usó la presidenta del partido para justificar que los militantes activos y/o ciudadanía en general no participemos de esta importante decisión. En otras palabras, si no se consulta a la militancia –la cual tiene derechos políticos–, tendría que argumentarse el porqué de mandar la decisión al CEN para que éste designe a nuestro abanderado. La hipótesis que establecen los estatutos del PAN la encontramos en el numeral dos del artículo 102 de los estatutos, que a la letra dicen: “…Cuando se cancele el método de votación por militantes o abierto, en los supuestos señalados por el presente estatuto o el reglamento, podrán designarse candidatos. Entre los supuestos se contemplarán hechos de violencia o conflictos graves atribuibles a más de uno de los precandidatos a cargos de elección popular, o cualquier otra circunstancia que afecte de manera grave la unidad entre miembros del Partido, ocurridos en la entidad federativa, municipio, delegación o distrito de que se trate, y que los mismos sean determinados por las dos terceras partes del consejo estatal…”.

La pregunta que sigue es: ¿Qué argumento empleó la presidenta del PAN y el Consejo estatal –si es que el Consejo conoció de este tema el 12 de febrero– para justificar los hechos de violencia o conflictos graves entre precandidatos? O en el segundo supuesto: ¿cuál es la circusntancia que afecta de manera grave la unidad entre los miembros del partido para que amerite la designación en lugar de la votación libre de los militantes? ¿Dónde quedan nuestros derechos como militantes? ¿Por qué se nos niega el derecho a alegir? ¿Cómo se justifica y por qué creen en el PAN que tiene más derecho a decidir unilateralmente Marko Cortés y un puñado de sus seguidores en la Comisión Política Nacional?

Pero la cosa no acaba ahí: sabedores de la infinita ilegalidad respecto del mecanismo de designación, las famosas providencias establecieron un solo día, el 1 de marzo –y con horario limitado, profundamente burocrático por cierto, de 10 horas a 19 horas– para que los aspirantes a la precandidatura se registraran ante la Comisión. Ni en el PRI habíamos visto semejante cosa, porque en las épocas de gloria del viejo sistema, el dedazo era dedazo y punto, sin hipocresías.

Mientras esto sucede, y mientras esto se escribe, Morena abrió su proceso de selección, aprovechó los tiempos de precampaña y saldrá fortalecido, en una elección que de por sí se ve complicada para el PAN. Así las cosas: pobre partido y mal haya la hora en que ha quedado en manos de incompetentes como Marko Cortés, entre otros.