De acuerdo con la demanda presentada por un académico de la BUAP y a la cual tuvo acceso este medio, durante 2008, 2009, 2010, 2013, 2014 y 2016, el académico obtuvo ingresos por 24 millones 130 mil 510 pesos como parte de su salario como director General del Centro de Estudios Espinosa Yglesias.

Por: Mario Galeana

El candidato Enrique Cárdenas Sánchez fue denunciado ante la Fiscalía General de la República (FGR) por los presuntos delitos de defraudación fiscal equiparada, encubrimiento, así como operación con recursos de procedencia ilícita y peculado cometidos durante los 11 años que se desempeñó como director General del Centro de Estudios Espinosa Yglesias (CEEY).

En la denuncia —a la cual tuvo acceso 24 Horas Puebla— se acusa que, a lo largo de seis años, el salario del hoy candidato común por el PAN-PRD-Movimiento Ciudadano rebasó 5% de las donaciones recibidas por el CEEY, lo que viola el Reglamento de la Ley del Impuesto Sobre la Renta (RLISR).

Durante los ejercicios fiscales 2008, 2009, 2010, 2013, 2014 y 2016, el académico obtuvo ingresos por 24 millones 130 mil 510 pesos como parte de su salario, mientras que el CEEY tuvo ingresos por 284 millones 930 mil 643 pesos a través de donaciones de dos fundaciones, de acuerdo con el Sistema de Consulta de Información de Transparencia de Donatarias autorizadas del Servicio de Administración Tributaria (SAT).

Esto quiere decir que, en promedio, a lo largo de esos seis años el CEEY destinó 8.4% de sus ingresos totales para gastos administrativos, entre los que se encuentra el salario de Cárdenas Sánchez.

En 2008, por ejemplo, el académico recibió una percepción neta de un millón 948 mil 241 pesos, lo que derivó en que el CEEY destinara 19% de sus ingresos en gastos administrativos, es decir, 14% más de lo establecido en la ley.

Esto viola el artículo 110 del RLISR, abrogado en 2015, y el inciso A del artículo 138 del RLISR vigente, los cuales establecen que “en ningún caso podrán dichas donatarias destinar más de 5% de los donativos y, en su caso, de los rendimientos que perciban para cubrir sus gastos de administración”.

Al haber superado 5% en gastos administrativos, el CEEY debió realizar el pago de impuestos como si estos se trataran de remanentes distribuibles. Sin embargo, la asociación civil omitió este pago “de manera dolosa a través del uso de engaños a la autoridad fiscal”, según la denuncia.

“En consecuencia, Enrique Cárdenas Sánchez, en su calidad de director Ejecutivo del Centro de Estudios Espinosa Yglesias AC, se encontraba en posibilidad de conocer y tenía la obligación de procurar que la asociación cumpliera con sus obligaciones fiscales, no obstante ello permitió la omisión en el pago de contribuciones, lo que permitió que se generaran recursos ilícitos y se prestó a realizar operaciones tendientes a ocultar los mismos”.

LIGAN A CÁRDENAS CON DELITOS

Es por lo anterior que en la denuncia se implica a Cárdenas Sánchez con los presuntos delitos de defraudación fiscal equiparada, encubrimiento, operaciones con recursos de procedencia ilícita y peculado.

A decir del denunciante, el delito de defraudación fiscal se configuraría porque Cárdenas Sánchez no hizo el pago de impuestos correspondiente al excedente de 5% que el CEEY destinó para el pago de su salario y otros gastos administrativos.

Al ser director Ejecutivo del CEEY, el académico pudo conocer y evitar este hecho; al no hacerlo, “se configura el delito de encubrimiento”, de acuerdo con el documento presentado ante la FGR.

La falta de pago de impuestos por parte del ex director ejecutivo del CEEY acredita, según el denunciante, una serie de operaciones con recursos de procedencia ilícita —un delito establecido en el artículo 400 Bis del Código Penal Federal— porque “dicha omisión generó recursos ilícitos, consecuencia de las acciones tendientes a ocultar los recursos que debieron ser pagados como contribuciones”.

De esto se desprende también la presunta vinculación del peculado: “Las contribuciones que los denunciados no enteraron y ocultaron son, en sí, un recurso que pertenece a la Hacienda Pública (…) es válido considerar —versa la denuncia— que se actualiza el delito de peculado, derivado de una evasión fiscal por el perjuicio a la Hacienda Pública, evidentemente por destinar impuestos que pertenecen al erario en virtud de la obligación fiscal, para un uso diferente”.

¿POR QUÉ CÁRDENAS NO COBRÓ EN TRES AÑOS?

Cárdenas Sánchez fue director Ejecutivo del CEEY de 2006 a 2017. Luego renunció en aras de lanzarse a la política.

Sin embargo, entre 2011, 2012 y 2015 no recibió ningún tipo de percepción por su labor al frente de la asociación civil, de acuerdo con información del SAT.

En la denuncia se sospecha que Cárdenas Sánchez habría recurrido a una empresa outsourcing para recibir su pago y así librar el pago de impuestos al SAT.

“Se puede inferir que, para estos ejercicios fiscales (2011, 2012 y 2015), recibió ingresos de alguna otra empresa, con lo cual es evidente que se buscaron diversos mecanismos y esquemas para evadir el cumplimiento de las obligaciones de las Donatarias Autorizadas por el Sistema de Administración Tributaria, de acuerdo a la normatividad establecida”, concluye el documento.