En la propuesta del titular del Ejecutivo se incluye eliminar que la mujer no tenga “mala fama”, que haya logrado ocultar su embarazo o que éste no sea “fruto de matrimonio”.
Por: Mario Galeana
El gobernador Miguel Barbosa Huerta propuso reducir a un año la pena máxima de prisión impuesta a las mujeres que decidan interrumpir su embarazo.
Su propuesta consiste en una modificación al artículo 342 del Código Penal del estado para eliminar tres condiciones por las cuales la pena por el delito de aborto aumenta hasta cinco años.
Las condiciones que el mandatario estatal plantea eliminar son que la mujer no tenga “mala fama”, que haya logrado ocultar su embarazo o que éste no sea “fruto de matrimonio”, según lo establecido en el Código vigente.
Su iniciativa se inscribe en medio del aplazamiento que el Congreso local ha establecido para analizar una propuesta de la diputada Rocío García Olmedo, donde se plantea la despenalización del aborto hasta las 12 semanas de gestación.
A principios de agosto, durante un foro realizado en el Senado de la República, el gobernador del estado firmó un documento en el que se comprometía a iniciar los procesos legales de preliberación de las mujeres que hayan sido sentenciadas por aborto.
“No seré un gobernador que ponga a su pueblo en un choque, vamos a ser cuidadosos en todos estos temas”, dijo.
Un mes después, envió al Congreso una reforma al Código Penal para ampliar las causales de indulto, y así ordenar la preliberación de presos políticos, mujeres con sentencias menores a cinco años —donde se incluyen aquellas que han sido criminalizadas por interrumpir su embarazo—, enfermos terminales, adultos mayores e indígenas.
CONSERVA MATRIMONIO TRADICIONAL
En un largo paquete de iniciativas que envió al Congreso local en días recientes, el mandatario estatal también propuso una modificación al artículo 294 del Código Civil referente al matrimonio.
Ahí, señala que el matrimonio es “un contrato civil, por el cual un solo hombre y una sola mujer se unen en sociedad para ayudarse en la lucha por la existencia”.
El mandatario estatal planteó que se elimine la función del matrimonio como método para “perpetuar la especie”, pero dejó intacta la concepción del matrimonio entre un hombre y una mujer, lo que impide el reconocimiento de las parejas homoparentales.
Este artículo ya ha sido invalidado por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), cuyos magistrados determinaron que era discriminatorio.
En febrero del año pasado, la Corte anuló fragmentos de los artículos 294, 297 y 300 del Código Civil de Puebla, en los cuales se indica que el matrimonio es relativo a “un solo hombre y a una sola mujer”.
La resolución surgió por una acción de inconstitucionalidad que la CNDH presentó en contra del artículo 300, que inhibía el derecho a la no discriminación, a la igualdad ante la ley y a la libertad de formar una familia.
Por eso, esta reforma del gobernador no fue bien recibida entre algunas organizaciones civiles. El Observatorio de Derechos Sexuales y Reproductivos (Odesyr), por ejemplo, reprochó al mandatario que su iniciativa mantiene la inconstitucionalidad decretada por la Corte.
“No le tenga miedo al matrimonio igualitario y al Estado de Derecho”, reclamó la organización a través de Twitter.

