Inclusión. El organismo promovió una acción de inconstitucionalidad por la negativa de garantizar los derechos de la comunidad LGBTTI.
Por: Guadalupe Juárez
Foto: Archivo
A raíz de que no se legislara para reconocer los matrimonios entre personas del mismo sexo en la entidad poblana, la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) promovió ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) una acción de inconstitucionalidad por la prohibición de dichas uniones en el Código Civil local.
A través de un comunicado de prensa, la presidenta del organismo nacional, Rosario Piedra Ibarra, afirmó que la demanda tenía como objetivo garantizar los Derechos y libertades de las personas Lésbico, Gay, Bisexual, Transexual, Transgénero e Intersexo (LGBTTI).
“De esta manera se pretende hacer efectiva la obligación de todas las autoridades de erradicar cualquier motivo de discriminación, particularmente la motivada por la identidad de género y orientación sexual, tal como lo ordena la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en el último párrafo de su artículo primero”, dice el documento.
La CNDH consideró que la definición de matrimonio en el estado, la cual limita a una pareja conformada por un hombre y una mujer, afecta el libre ejercicio de los derechos del grupo LGBTTI, por lo que el organismo decidió intervenir.
“Dicha acción demuestra el interés por los Derechos fundamentales de las personas pertenecientes a la diversidad sexual, en especial su derecho a contraer matrimonio con la perdona de su elección, con independencia de sus características personales, lo que permite que ejerzan sus prerrogativas civiles en condiciones de igualdad que todas las demás personas en el estado de Puebla”, agrega.
El organismo reitera que comparte con la SCJN la jurisprudencia dictada respecto el matrimonio igualitario, el cual ha cambiado su concepto con el paso del tiempo.
Por último, pide que el Tribunal Constitucional emita un pronunciamiento benéfico en aras de salvaguardar el derecho a la igualdad y no discriminación, así como las libertades fundamentales a la comunidad LGBTTI.