La Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales en conjunto con la de Procuración y Administración de Justicia, aprobaron la reforma para incluir en la Ley la violencia digital, generada a través de la difusión de imágenes con contenido sexual o que denigren a una persona sin su consentimiento.
A propuesta de la diputada local por el Partido Encuentro Social (PES), Nora Merino Escamilla, se avaló adicionar a la Ley de Acceso a una Vida Libre de Violencia para las Mujeres esta conducta que atenta contra la integridad, la intimidad, la libertad, la vida privada o trasgreda algún derecho humano de las mujeres o familias.
En el artículo 23 Bis se contemplan las siguientes acciones de acoso, hostigamiento, amenazas, intimidación, exhibición, insultos, vulneración de datos, mensajes de odio o divulgación de información, textos y publicación de fotografías, videos, impresiones gráficas o sonoras, verdaderos, falsos o alterados, de contenido violento, erótico o sexual.
Para que sea violencia digital estas actitudes deberán ser a través de las tecnologías de la información y la comunicación, plataformas de internet, redes sociales, aplicaciones, servicios de mensajes instantánea, correo electrónico, o cualquier otro espacio digital.

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