Con amonestación hasta el cierre definitivo de operaciones, la Secretaría de Salud del gobierno de Puebla aplicará sanciones, incluso económicas, a los negocios de comida y venta de bebidas que se resistan a cerrar sus espacios de venta física y dedicarse únicamente a las entregas a domicilio y servicio para llevar, como medida para cortar la cadena de contagio por el coronavirus.

De acuerdo con el decreto del gobernador de Puebla, Luis Miguel Barbosa Huerta, publicado en el Periódico Oficial del Estado el pasado 1 de mayo, la medida aplica a restaurantes, fondas, loncherías, cocinas económicas y todos los establecimientos cuya actividad sea la preparación, venta o expendio de alimentos y bebidas sin alcohol.

Derivado del aumento en los casos de personas contagiadas con este virus, el mandatario estatal advirtió que la estadística no disminuirá si las personas siguen en las calles como ocurrió el pasado 30 de abril, Día del Niño, en el que cientos de personas hicieron fila en las pizzerías.

El documento también especifica que todos los trabajadores de estos negocios estarán obligados a cumplir con las medidas de sanidad necesarias, sobre todo cuando tengan contacto con los alimentos o cualquier otro producto utilizado para la elaboración de los alimentos.

Entre lo puntos de este decreto se establece que quienes están encargados de repartir los pedidos para llevar o a domicilio, deberán portar protección facial como cubrebocas o caretas, así como gel antibacterial con base 70 por ciento de alcohol, antes y después de cumplir con el servicio.

En caso de no cumplir con esta disposición, se marca que la Dirección de Protección contra Riesgos Sanitarios actuará para sancionar a los establecimientos con alimentos preparados, que permitan el ingreso de personas para ingerir sus productos.

“Las infracciones que advierta el personal adscrito a la Dirección de Protección contra Riesgos Sanitarios de los Servicios de Salud en el Estado de Puebla, se sancionarán administrativamente en términos de la Ley General de Salud y la Ley Estatal de Salud, según corresponda”.

De acuerdo con los artículos 306, 307 y 308 de la Ley Estatal de Salud se refiere como sanciones administrativas a las amonestaciones, apercibimientos, multas, clausura temporal y definitiva; además, las sanciones económicas podrían llegar a un millón 400 mil pesos, según el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA).

Leave a comment

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *