La decisión de la presidenta municipal de la capital de Puebla, Claudia Rivera Vivanco por asistir a la comparecencia que convocó la Comisión Inspectora generó un nuevo debate a través de redes sociales este inicio de semana.
El presidente de la Junta de Gobierno y Coordinación Política, Gabriel Biestro Medinilla citó los artículos 222, 223 y 228 en los que se establece atribuciones que el Poder Legislativo para llamar a comparecer a funcionarios públicos estatales y municipales.
Sin mencionar el nombre de la edil capitalina -militante como él de Morena-, estableció la obligatoriedad para acudir a informar sobre probables actos de opacidad y corrupción, como se ha señalado en las últimas semanas.
Liza Aceves, secretaria del ayuntamiento de la capital desestimó a través de la misma vía que el reclamo velado de Biestro Medinilla que “el artículo 222 señala claramente quiénes son los servidores públicos que pueden ser llamados a comparecer por el Congreso. Solo dos precisiones al señor Biestro: uno, la Comisión Inspectora no es el Congreso, dos, ¿dónde dice que presidentes municipales?
Aquí el debate en redes:
¿Qué dicen los artículos 222, 223 y 228 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de Puebla? pic.twitter.com/mw2lN1hmiY
— Gabriel Biestro (@Biestro) October 5, 2020
Artículo 228. ¿Qué pasa si un servidor público no acude a la citación? pic.twitter.com/xliAu0ajRk
— Gabriel Biestro (@Biestro) October 5, 2020
La respuesta:
https://twitter.com/LizaAceves1/status/1313127084215070720