La Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales del Legislativo aprobó la reforma a la Ley del Agua de Puebla para prohibir el corte del suministro en viviendas con adeudos en el pago de este servicio y el consumo sea máximo de 500 litros diarios.

La propuesta original se aprobó en noviembre del año pasado dentro de esta misma comisión, que incluía sólo 300 litros; sin embargo, se tomó en cuenta un estudio de la BUAP en el que se estimó un consumo de 120 litros por habitante en Puebla; en promedio, por domicilio, son cuatro integrantes.

La iniciativa fundamenta que el servicio doméstico básico es de 15 metros cúbicos, por tanto, se establece esta medida para determinar la suspensión del servicio de agua en beneficio para los poblanos, por ello se considera el consumo en m³/toma al mes en lugar de 1/hab. al día.

Detalla que actualmente en el artículo 99 de esta ley establece que: “El Prestador de Servicios Públicos podrá suspender justificadamente los servicios hídricos por falta del pago de los derechos, contribuciones de mejoras y productos correspondientes al servicio de que se trate”.

Pero con la modificación queda de la siguiente manera: “Por falta del pago de los derechos, contribuciones de mejoras y productos correspondientes al servicio de que se trate, excepto cuando el consumo para uso doméstico no exceda de 15 metros cúbicos mensuales”.

El artículo 5 de esta legislación en su fracción X establece que la determinación de las acciones a ejecutar en la materia, considerará las necesidades de agua provenientes de la sociedad para su bienestar, particularmente las de la población marginada, en condiciones de vulnerabilidad o menos favorecida económicamente.

Mientras que en la fracción XII marca el acceso al agua potable y el saneamiento para uso doméstico es un derecho humano y la prestación de su servicio no podrá ser restringido o suspendido salvo las excepciones establecidas en las leyes aplicables en la materia.

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