En sesión virtual de la Comisión Permanente, de la LX Legislatura del Congreso del Estado, se dio cuenta y turnó la iniciativa por la que se abroga la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de Puebla y se expide la Ley de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos del Estado de Puebla.
Al hacer uso de la palabra, la diputada Bárbara Morán Añorve, señaló que la finalidad del proyecto es fomentar y respaldar la lucha en contra de indebidas prácticas administrativas, por lo que esta propuesta se ve respaldada por la necesidad de contar con leyes acordes a la realidad y estructuras administrativas de cada entidad federativa, agregó que no es intención del proyecto vulnerar la competencia de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, sino mantener el catálogo único de faltas administrativas, así como la definición del procedimiento de imposición de sanciones y la homologación al ámbito local de órganos o entidades federales, para evitar imprecisiones.
El dictamen fue turnado a la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales para su estudio y resolución procedente.
En otro momento del orden del día, se dio lectura a la iniciativa por la que se reforman las fracciones VIII y IX del artículo 55 y se adiciona la fracción X al artículo 55 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público Estatal y Municipal.
En este sentido, el diputado Emilio Maurer Espinosa, explicó que la intención de es incorporar que la Secretaría de Medio Ambiente, los comités municipales, las dependencias y las entidades al formular sus programas anuales consideren el porcentaje mínimo de adquisiciones de bienes y servicios que garanticen el menor grado de impacto ambiental, con la finalidad de incluir criterios de sustentabilidad en la normatividad vigente y promover una economía que genere beneficios sociales, pero sin dañar el medio ambiente.
El dictamen fue turnado a la Comisión de Medio Ambiente, Recursos Naturales y Cambio Climático para su estudio y resolución procedente.
A través de un punto diferente en el orden del día, se dio lectura al dictamen con minuta de decreto por el que se adiciona la fracción XXXVI al artículo 123 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado y se adiciona la fracción XXXVI al artículo 48 del Reglamento Interior del Honorable Congreso del Estado.
Para la explicación, la diputada María del Carmen Cabrera, mencionó que con esta iniciativa se abrirá el marco jurídico hacia la agenda 2030, dando paso a la obtención de un Congreso Local, preocupado por el quehacer legislativo, que hará posible a su vez permear y transversalizar con futuras reformas o adiciones de ley a los múltiples ordenamientos jurídicos del estado, todos los objetivos de desarrollo sostenible señalados en este propósito.
El dictamen fue turnado a comisiones unidas de Gobernación y Puntos Constitucionales y la Comisión Especial para el Seguimiento a la Implementación de la Agenda 2030 para su estudio y resolución procedente.
Mediante un punto diferente en el orden del día, se dio lectura a la Iniciativa Proyecto de Decreto del diputado José Juan Espinosa Torres, integrante de la Sexagésima Legislatura del Honorable Congreso del Estado, por el que se derogan diversas disposiciones de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla.
El dictamen fue turnado a la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales y a la de la Familia y los Derechos de la Niñez para su estudio y resolución procedente.
En otro momento de la sesión se dio lectura a la iniciativa de decreto por la que se reforman diversas disposiciones a la Ley de Rendición de Cuentas y Fiscalización Superior del Estado de Puebla; a la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Puebla; a la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de Puebla; a la Ley Orgánica Municipal; y a la Ley de la Benemérita Universidad Autónoma de Puebla.
Como parte de la exposición, la diputada María del Carmen Cabrera Camacho, señaló que la iniciativa tiene el propósito de fortalecer la facultad del Poder Legislativo sobre la revisión y fiscalización, así como al órgano encargado de fiscalizar la aplicación de los recursos públicos, mediante la adopción de medidas y establecimiento de conductas previstas como infracciones, por un lado y por otro, como conductas tipificadas como delitos, lo anterior dirigido al fortalecimiento institucional para la prevención de faltas administrativas y hechos de corrupción.
El dictamen fue turnado a la Comisión Inspectora de la Auditoría Superior del Estado para su estudio y resolución procedente.