El titular de la Auditoría Superior del Estado (ASE) podrá ser removido de su cargo en caso de no ser evaluado positivamente en su función durante dos periodos consecutivos, o en caso de comprobarse la injerencia de partidos políticos en su labor, de acuerdo con los lineamientos aprobados por el Congreso del Estado.
Los legisladores votaron a favor de la reforma de ley que establecer los criterios para la destitución del funcionario, lo que incluye la creación de la Unidad Técnica de Vigilancia.
La presidenta de la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales, Mónica Silva Ruiz, dijo que con estos ajustes habrá una supervisión puntual a la ASE, que permitirá lograr “pesos y contrapesos” en la investigación de sujetos obligados y la aplicación de sanciones.
Las reformas se aplicarán a los artículos 12, 57, 113, 114 y 125 de la referida ley, con lo que se contempla elevar a rango constitucional los requisitos y los supuestos de impedimento para desempeñar el cargo de auditor.
Se destaca que el auditor será removido de su cargo a través del procedimiento especial que prevea la ley del Congreso y de acuerdo con el título noveno de la Constitución de Puebla y de forma exclusiva por causa grave, es decir, cuando no se satisfagan los requisitos de la ley, cuando la entrega de los informes de fiscalización supere un año sin alguna justificación válida o cuando el titular de la auditoria se ausente por más de un mes de su cargo.
Estas reformas consideran también que se detecte injerencia de los partidos políticos o que la evaluación del auditor no sea positiva por más de dos periodos consecutivos.
En este paquete de reformas presentadas por el titular del Poder Ejecutivo y aprobadas por el Legislativo, también se consideran cambios en la integración del Tribunal de Justicia Administrativa y la creación de una Sala Especializada en materia de responsabilidades administrativas.
La integración de esta sala contempla a tres magistrados que deberán ser electos por el pleno y quienes estarían en sus cargos por cuatro años.