Las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional del Perú anunciaron que no acatan el golpe de Estado de Pedro Castillo y dijeron respetar el orden constitucional.
Diana Boluarte tomó protesta como presidenta constitucional de Perú, después de la destitución “permanente por incapacidad moral” y detención de Pedro Castillo, votada por el Congreso peruano después de que este decidiera, en un acto dictatorial, disolver el órgano legislativo y declarar Estado de excepción para llamar armar una nueva Constitución.
“Asumo el cargo de presidenta constitucional de la República, siendo consciente de la enorme responsabilidad que me toca y mi primera invocación, como no podía faltar, es invocar a la unidad de todos los peruanos. Solicito una tregua política para instalar un gobierno de unidad nacional, debe ser asumida por todos. Solicito un tiempo para rescatar a Perú de la corrupción”, señaló Boluarte en su toma de protesta.
Miembros del gabinete y funcionarios del Gobierno de Perú se mostraron en contra de esta decisión, al mismo tiempo que el Congreso votó su destitución y pidiera convocar elecciones antes de la audiencia programada para la moción de vacancia. El Congreso, en todo caso, llevó a cabo la audiencia y la votación tuvo los votos suficientes para la vacancia.
Con 101 votos a favor, el Congreso aprobó la vacancia de Pedro Castillo. Para admitir la vacancia de un presidente de Perú son necesarios 87 votos, que corresponden a dos tercios de los 130 miembros del Congreso. Ahora lo sucederá la vicepresidenta Boluarte, quien asumiría el cargo para completar el mandato hasta julio del 2026.
La Constitución peruana, en su artículo 113, contempla que la presidencia de la República vaca por varias causas, como la “permanente incapacidad moral” declarada por el Congreso. En punto de las 15:00 (hora local), Boluarte asistió al Congreso para tomar protesta.
Minutos antes de este hecho, Las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional del Perú anunciaron que no acatan el golpe de Estado de Pedro Castillo, al mencionar que respetarán el orden constitucional.