Al referir que los partidos políticos son entes de interés público y, que son instituciones que tienen derechos y obligaciones, el presidente del Senado Alejandro Armenta remarcó que con las reformas que fueron votadas por la Comisión de Gobernación y la Segunda de Estudios Legislativos, no se limitan las funciones de fiscalización de los partidos políticos.

El legislador poblano que todas las instituciones públicas, como las privadas, deben de transparentar el ejercicio de sus ingresos; por lo tanto, la fiscalización queda como una responsabilidad ya que “un partido político, en el ejercicio del gasto de sus prerrogativas, puede ser sujeto a que cualquier ciudadano le exija la rendición de cuentas y la transparencia”.

El senador Armenta, en ese contexto, detalló que si un ciudadano le solicita a un partido político que rinda cuentas sobre las prerrogativas específicas de un año, el ente público que se encarga de la revisión de cuentas tiene la obligación de rendirlo y la autoridad competente fiscalizadora, en el caso de algún acto irregular, tiene la obligación de investigar.

Lo anterior, agregó, sin menoscabo de la función que le compete a las fiscalías de los estados y a la Fiscalía General de la República en materia de delitos electorales.

Así que con las modificaciones a la reforma electoral en lo que respecta a la Ley General de partidos, éstos cuando no participen en elecciones en algunas entidades federativas, o que sólo tengan participación específica en algunos procesos electorales, podrán generar economías de sus ingresos ordinarios pero deben de ser utilizados para la función y  la tarea primaria del instituto político.