Diputados del Estado de México aprobaron por mayoría la llamada Ley Ocaña, que tiene como objetivo principal castigar severamente a quienes difundan imágenes dolosas de cadáveres.

La iniciativa fue presentada por la diputada del partido Movimiento Regeneración Nacional (Morena), Luzma Hernández Bermúdez y fue nombrada así en memoria del actor Octavio Ocaña, de quien se publicaron imágenes de su cuerpo sin vida dentro de un auto en redes sociales.

La Ley Ocaña establece penas de cuatro a ocho años de cárcel y multas de 500 a mil días de la Unidad de Medida y Actualización (UMA) para aquellos que violen la privacidad y dignidad de las personas fallecidas al difundir imágenes de cadáveres y se prevén agravantes de penas de tres a siete años si los responsables son servidores públicos.

Hernández Bermúdez citó que esta iniciativa “tiene como propósito fundamental salvaguardar la dignidad y honra póstuma de toda persona que pierde la vida, así como garantizar el acceso a la justicia a terceros, ante prácticas ilícitas cometidas, tanto por personas servidoras públicas como por cualquier otra persona”.

LA PENA SE AGRAVA SI SON PERSONAS VULNERABLES

Además, se estableció que si las víctimas son mujeres, niñas, niños, adolescentes o personas en situación de vulnerabilidad, las penas podrían incrementarse hasta una mitad, alcanzando sanciones de hasta 12 años de prisión.

Esta ley surgió a raíz de casos como el del actor y de Ingrid Escamilla, cuyas imágenes fueron difundidas irresponsablemete por servidores públicos, vulnerando así sus derechos fundamentales incluso después de su fallecimiento.

Los diputados mexiquenses también avalaron modificaciones a la Ley Ingrid para evitar ambigüedades y asegurar un mayor respeto a la dignidad de las personas fallecidas.