El fiscal del Estado, Gilberto Higuera Bernal, emitió la circular C/001/2024 para llamar al personal de la institución a respetar los principios de naturalidad e imparcialidad, de cara al proceso electoral de este año.

En la misiva, publicada en el Periódico Oficial del Estado, indicó que queda prohibido el uso de instalaciones para actos de proselitismo político en favor de precandidatos, candidatos, partidos políticos y coaliciones, así como realizar o asistir, en horas y días hábiles, a actos de proselitismo.

Además, recuerda que el 29 de noviembre de 2023 se publicaron, en el Diario Oficial de la Federación, los Lineamientos para Garantizar los Principios e Neutralidad, Imparcialidad, a cargo del Instituto Nacional Electoral (INE).

“Promover entre servidores públicos el conocimiento de la normatividad aplicable a la que estará sujeta su actuación en el ámbito de su competencia, así como las acciones u omisiones que deberán evitar, durante el proceso electoral ordinario concurrente 2023-2024″.

Indicó que se establece una política de prevención de conductas que constituyan delitos electorales, hechos con apariencia de delito y/o faltas administrativas, “para generar confianza en la ciudadanía en un proceso transparente, en el que se garantice la legalidad y seguridad jurídica, los derechos político electorales y se mantenga el orden y la paz social”.

PROMOCIÓN Y PROPAGANDA

Además, el fiscal señaló que no se puede difundir propaganda, bajo cualquier modalidad de comunicación social, misma que deberá tener carácter institucional y fines informativos, educativos o de orientación social.

“En ningún caso, podrán incluirse nombres, imágenes, voces o símbolos que impliquen promoción personalizada de cualquier servidor público; distribuir de manera interna únicamente dípticos, trípticos y/o material institucional dirigido a los servidores públicos, tales como Código de Ética, circulares, revista interna, entre otros; abstenerse de emitir opiniones o expresiones, por cualquier medio, de índole político-electoral que, por su investidura, puedan impactar en el proceso electoral, desde el inicio de las campañas electorales hasta el día de la jornada electoral”.

En cuanto a seguridad, destacó que la propaganda de campañas de información de medidas urgentes de Estado o de acciones de Protección Civil, programas de salud por emergencias, servicios y atención a la comunidad por causas graves, “deberán tener carácter institucional y fines informativos, educativos o de orientación social”.

“No pueden ni deben utilizar programas a favor o en contra de precandidatos, candidatos, partidos políticos o coaliciones ni condicionar o coaccionar el voto de los beneficiarios”.

Además, queda prohibido condicionar la prestación de un servicio público, el cumplimiento de programas, el otorgamiento de concesiones, permisos, licencias, autorizaciones, en favor de un precandidato, candidato, partido político o coalición.

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