Luego de que la mayoría de los ganadores de las elecciones del pasado 2 de junio ya recibieron sus constancias de mayoría, inicia el periodo de impugnaciones ante las autoridades electorales. | Foto: Cuartoscuro
Luego de que la mayoría de los ganadores de las elecciones del pasado 2 de junio ya recibieron sus constancias de mayoría, inicia el periodo de impugnaciones ante las autoridades electorales. | Foto: Cuartoscuro

Luego de que la mayoría de los ganadores de las elecciones del pasado 2 de junio ya recibieron sus constancias de mayoría, inicia el periodo de impugnaciones ante las autoridades electorales.

En entrevista, el consejero electoral, Arturo Baltazar Trujano, explicó que existen dos
medios para impugnar una elección; el primero es el juicio de inconformidad, mismo que debe ser interpuesto cuatro días después de que el Instituto Electoral del Estado (IEE) entregue la constancia de mayoría y validez en la elección.

Esta prueba se entrega luego de que se lleve a cabo el cómputo de las actas de escrutinio, mismo que es realizado por los Consejos Municipales, Distritales o, en caso de no contar con las condiciones para ello, por el Consejo General del IEE.

En esta elección, el organismo atrajo el cómputo de 25 demarcaciones que registraron actos violencia.

El juicio de inconformidad es resuelto por el Tribunal Electoral del Estado de Puebla (TEEP), en caso de que a los interesados no les parezca la resolución, pueden solicitar un
juicio de revisión constitucional, con el cual se recurre al Tribunal Electoral del Poder
Judicial de la Federación (TEPJF).

En este sentido, el tribunal federal cuenta con dos salas para resolver los juicios, de acuerdo con el cargo que se disputa.

La Sala Superior, máxima autoridad electoral, resolverá las elecciones de gubernaturas y la jefatura de gobierno de la Ciudad de México.

En tanto que la Sala Regional de la Ciudad de México dirime los comicios de diputaciones locales, presidencias municipales, asambleas legislativas de la CDMX y sus jefes delegacionales.

El tiempo de resolución de estos conflictos es cuestión de días, dependiendo cada tribunal.

Por: PAOLA MACUITL GALLARDO

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