El Servicio de Administración Tributaria (SAT) ha decidido otorgar una prórroga a los contribuyentes para activar el Buzón Tributario, una herramienta clave para la comunicación entre la dependencia y los usuarios. Según la Resolución Miscelánea Fiscal 2025, la nueva fecha límite para habilitarlo es el 31 de diciembre de 2025.
Originalmente, las multas por no activar el Buzón Tributario se aplicarían a partir del 1 de enero de 2025. Sin embargo, el SAT ha dado este alivio para permitir que más contribuyentes realicen este proceso sin riesgo de ser sancionados. De acuerdo con Bloomberg, la nueva fecha límite permitirá que aquellos que aún no hayan habilitado el sistema eviten multas que oscilan entre 3,850 y 11,540 pesos.
¿Quiénes deben habilitar el Buzón Tributario? Todos los contribuyentes inscritos en el RFC, tanto personas físicas como morales, deben cumplir con esta obligación, salvo algunas excepciones. Las personas físicas sin obligaciones fiscales o los asalariados que hayan tenido ingresos menores a 400,000 pesos el año pasado están exentos.
Desde su implementación en 2020, el Buzón Tributario ha sido esencial para que el SAT pueda comunicarse de manera eficiente con los contribuyentes. Ahora, con esta prórroga, se espera una mayor adopción de la plataforma por parte de aquellos que aún no la han activado.
Activar el Buzón Tributario es sencillo. Los contribuyentes deben acceder al portal del SAT (sat.gob.mx) e ingresar su RFC y contraseña o e.firma. Una vez dentro, deben configurar sus medios de contacto, como correo electrónico y teléfono celular. Es crucial confirmar esta información dentro de las 72 horas siguientes para completar el proceso.