La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) admitió la acción de inconstitucionalidad promovida por el académico Luis Enrique Sánchez Díaz y la dirigencia del Partido Acción Nacional (PAN), en contra de la reforma al artículo 480 del Código Penal del Estado de Puebla, conocida como la Ley de Ciberasedio, al considerar que atenta contra la libertad de expresión, incluso con la última modificación aprobada por el Congreso local.
Aunque la admisión del recurso fue considerada como un paso importante, el dirigente estatal del PAN, Mario Riestra Piña, advirtió que este es apenas el inicio de un proceso que será largo, ya que una de las primeras observaciones realizadas es que la acción interpuesta carece de un sustento en materia electoral.
La admisión oficial se realizó ayer miércoles 16 de julio, tras la presentación formal del recurso de parte del dirigente nacional del blanquiazul, Jorge Romero Herrera, que quedó registrada en el número de expediente 75/2025. Ahora el análisis y resolución de esta acción quedará en manos del nuevo Pleno de la Suprema Corte, que se integrará a partir de septiembre, una vez que entren en funciones los ministros y jueces electos en los comicios del pasado 1 de junio.
Tanto Luis Enrique Sánchez Díaz como Mario Riestra confirmaron que se les informó que el caso no está vinculado a temas electorales, motivo por el cual su revisión fue aplazada hasta la renovación del máximo tribunal de nuestro país. No obstante, recalcaron que la acción de inconstitucionalidad no se limita exclusivamente a normas de carácter electoral.
“Sí, ya entró a la Corte, ahora tienen que asignar el proyecto a un ministro. Una observación que se hizo es que no tiene un argumento electoral, pero claro que la acción de inconstitucionalidad no solo aplica a normas electorales. Hay fundamentos constitucionales que también los involucran en la defensa de los derechos”, explicó Sánchez Díaz.
Cabe recordar que fue el pasado 8 de julio cuando el PAN presentó la acción ante la SCJN, respaldada por más de 8 mil firmas ciudadanas. La iniciativa busca declarar inconstitucional la reforma al artículo 480 del Código Penal, que establece sanciones a quienes realicen actos de hostigamiento, vigilancia o intimidación a través de medios digitales.
Como respuesta a la presión social y política, el 10 de julio el Congreso del Estado aprobó una modificación a la reforma, reduciendo la pena mínima a seis meses y eliminando expresamente como posibles víctimas a funcionarios públicos. Sin embargo, colectivos ciudadanos, periodistas y expertos han advertido que los cambios no son suficientes, ya que persisten ambigüedades en los verbos y tiempos utilizados, lo que podría seguir poniendo en riesgo el ejercicio de la libertad de expresión.

