La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) admitió la acción de inconstitucionalidad presentada por el PAN nacional contra la ley de ciberasedio aprobada en Puebla.

El expediente 75/2025, promovido por Jorge Romero, dirigente nacional del PAN, fue listado este 16 de julio en la página oficial del máximo tribunal del país.

Sin embargo, la Corte aclaró que, tras un estudio preliminar, la norma impugnada —el artículo 480 del Código Penal de Puebla— no corresponde a materia electoral.

Esta distinción es clave, ya que el artículo 105 constitucional solo permite a partidos políticos impugnar leyes electorales. Por ello, la Corte pausará el análisis hasta que haya nueva integración.

“El asunto se reservará hasta que quede constituida la nueva integración de este Alto Tribunal”, señala el documento emitido por la SCJN.

El PAN nacional busca invalidar la definición de ciberasedio, que fue aprobada por el Congreso local el 12 de junio y reformada el 11 de julio.

La primera redacción castigaba insultos, agravios u ofensas reiteradas en medios digitales, con afectación a la integridad emocional o física de la víctima.

No obstante, la reforma excluyó de sanción a funcionarios públicos y a expresiones consideradas crítica o manifestación de interés público.

El equipo jurídico del PAN argumentó que la Corte debe aplicar una interpretación no restrictiva del artículo 105 para permitir acciones sobre leyes que trascienden el ámbito electoral.

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