El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) validó este lunes diversos artículos de la Ley de Movilidad y Seguridad Vial del Estado de Puebla, conocida como Ley Manu, inspirada en el joven ciclista Emmanuel Manu Vara, quien fue atropellado en 2018 por una unidad del transporte público.

Durante la sesión, integrantes de la asociación civil Manu Vive acudieron al salón de ministros con carteles que mostraban la fotografía del joven junto a una bicicleta y la leyenda: “La lucha sigue. No más muertes viales”.

Los ministros declararon infundada la impugnación de la Comisión de Derechos Humanos Puebla (CDH) y Félix Cerezo contra la ley.
Por mayoría de votos, validaron que el seguro por daños a terceros sea obligatorio, mientras que por unanimidad confirmaron las sanciones a conductores en estado etílico.

De acuerdo con el fallo, es obligatorio contratar un seguro de responsabilidad civil por daños a terceros para circular, pero anularon la sanción que cancelaba la licencia hasta por 10 años a quienes no contaran con el seguro, al considerarla “ineficaz, excesiva y desproporcionada”.
“La medida no tiene por objeto prevenir o inhibir alguna conducta que disminuya accidentes y, por lo tanto, no tiene efectividad práctica”, explicó la ministra Lenia Batres Guadarrama.

Con seis votos a favor y tres en contra, el Pleno resolvió que exigir el seguro no vulnera los derechos de libre tránsito ni libertad contractual, como alegó la CDH Puebla.
Según la sentencia, el requisito “no implica una restricción al desplazamiento, ya que se aplica al vehículo y no a la persona que ejerce el derecho a la movilidad”.

El tribunal consideró que la medida tiene un fin legítimo de interés público, al proteger a peatones, ciclistas y conductores, y garantizar la reparación integral de daños en caso de siniestros.
Durante el debate, los ministros Hugo Aguilar y María Estela Ríos subrayaron la necesidad de evaluar el impacto social del seguro obligatorio, recordando que “las condiciones económicas no son parejas para todos”.

CONDUCTORES EBRIOS, SIN LICENCIA

La Corte confirmó la suspensión de un año de la licencia para quienes conduzcan en estado de ebriedad, considerando que la sanción es proporcional y busca prevenir siniestros viales.

Organizaciones a favor de la movilidad accesible criticaron la acción de inconstitucionalidad promovida por la CDH Puebla, que buscaba invalidar los artículos sobre el retiro de licencia por conducir ebrio y la obligatoriedad del seguro de responsabilidad civil.

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