Por: Ilse Contreras / @Se_GatoPardo  
Foto: Agencia Cuartoscuro 

Si el camino para convertirse en candidato independiente a una diputación era complicado, para aspirar a la participación por una senaduría lo fue más.

De acuerdo con el consejero presidente del Instituto Nacional Electoral (INE), Marcos Rodríguez del Castillo, nadie en la entidad hizo el intento de recolectar las firmas para el proceso federal y el único interesado no contaba con alguna asociación civil que lo respaldara.

“Simplemente se les niega (el registro) en virtud de que no cumplieron con el requisito que establece la legislación y el acuerdo correspondiente del Consejo General”, apuntó.

No obstante, dijo que los independientes que aspiraban a una diputación federal no tienen impedimento para participar en una diputación local.

Rodríguez del Castillo negó que el plazo haya sido desigual, pues aseguró que tanto a los aspirantes al senado, diputados y presidencia de la República se les ampliaron siete días para recabar más apoyos ciudadanos por lo que aseguró hubo equidad.

Para la seguridad de los comicios de 2018 y evitar actos delincuenciales en los 217 municipios, el consejero presidente indicó que a partir de marzo se designarán capacitadores-asistentes en cada una de las juntas distritales, que intercambiarán información con las autoridades, mismos que informarán a los representantes de mesas directivas de las casillas para tener el resguardo correspondiente.

De inicio, los pasos para ser candidato o candidata independiente para un cargo de elección popular en 2018 se debe presentar la manifestación de intención ante la instancia correspondiente, conformar una Asociación Civil y abrir una cuenta de banco.

El último paso es reunir el número de firmas de acuerdo al cargo de elección mediante la APP “Apoyo Ciudadano”, en el caso de las senadurías se requería el 2% de la lista nominal de electores de la demarcación, en al menos el 50% de los distritos electorales.

Sin embargo, antes de manifestar la intención de ser candidato independiente para senador, el aspirante debía cumplir los siguientes requerimientos:

Ser ciudadano mexicano, por nacimiento, en el ejercicio de sus derechos.

Tener 25 años cumplidos el día de la elección;

Ser originario del estado en que se haga la elección o vecino de él con residencia de más de seis meses anteriores a la fecha de ella.

No estar en servicio activo en el Ejército Federal ni tener mando en la policía o gendarmería rural en el Distrito donde se haga la elección, cuando menos noventa días antes de ella.

No ser titular de alguno de los organismos a los que esta Constitución otorga autonomía, ni ser secretario o subsecretario de estado, ni titular de alguno de los organismos descentralizados o desconcentrados de la administración pública federal, a menos que se separe definitivamente de sus funciones 90 días antes de la elección.

No ser Ministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, ni Magistrado, ni secretario del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, ni Consejero Presidente o consejero electoral del Instituto Nacional Electoral, ni Secretario Ejecutivo, Director Ejecutivo o personal profesional directivo del propio Instituto, salvo que se hubiere separado de su encargo, de manera definitiva, tres años antes del día de la elección.

Los Gobernadores de los Estados y el Jefe de Gobierno del Distrito Federal no podrán ser electos en las entidades de sus respectivas jurisdicciones durante el periodo de su encargo, aun cuando se separen definitivamente de sus puestos.

Los Secretarios del Gobierno de los Estados y del Distrito Federal, los Magistrados y Jueces Federales o del Estado o del Distrito Federal, así como los Presidentes Municipales y titulares de algún órgano político-administrativo en el caso del Distrito Federal, no podrán ser electos en las entidades de sus respectivas jurisdicciones, si no se separan definitivamente de sus cargos noventa días antes del día de la elección.

No ser Ministro de algún culto religioso.

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