Por: 24 Horas, el Diario sin Límites
Contrario a lo declarado por el presidente nacional de Nueva Alianza, Luis Castro, aliado del Partido Revolucionario Institucional (PRI) en la elección presidencial; el tricolor negó que vaya a impugnar ante el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), la decisión del Instituto Nacional Electoral (INE) de cambiar de nombre de la coalición “Meade ciudadano por México”, integrada por el PRI-PVEM-PANAL.
Sin embargo, a través de un comunicado, el Revolucionario Institucional no aclara si cambiará el nombre de la coalición, y sólo argumenta su desacuerdo con la decisión del INE y los criterios establecidos por los consejeros electorales porque asegura no hay prohibición legal alguna para que el apellido de su precandidato aparezca en el nombre de la coalición.
“Tanto la ley como la reglamentación correspondiente permiten que la coalición incluya el apellido de nuestro precandidato a la Presidencia de la República, Pepe Meade.
Aunado a lo anterior, las Consejeras y los Consejeros del INE expresaron repetidamente que no se estaba violando ningún artículo de la legislación electoral al poner el apellido de nuestro precandidato presidencial en el nombre de la coalición”, señala.
En el documento el PRI considera que el nombre de la coalición debe ser benéfico para la ciudadanía, así como reflejar un beneficio electoral para los partidos políticos que la integran.
“Los partidos integrantes de la Coalición Meade ciudadano por México reafirmamos que esta denominación no está prohibida por la ley”, y por lo tanto la única prohibición contemplada expresamente en la legislación electoral para los partidos políticos es que en sus denominaciones no se hagan alusiones raciales o religiosas, de ahí que al no contemplarse ninguna expresión en ese sentido, resulte válida la propuesta de la denominación.
“Si bien el derecho de autodeterminación de los partidos políticos no es absoluto, esto no faculta al INE a dictar prohibiciones a partir de interpretaciones, toda vez que el artículo primero Constitucional obliga a todas las autoridades a sustentar sus determinaciones con base en el principio pro persona, es decir, en todo caso que se vean involucrados derechos fundamentales, debe prevalecer aquella interpretación que resulte más favorable a la protección y tutela de éstos”.
Y por lo tanto aclara que “al no existir prohibición expresa en la ley y no acreditarse vulneración alguna a los principios de equidad y certeza, no compartimos la decisión del Instituto Nacional Electoral”.
Sin embargo “en aras de dar un paso adicional a una contienda transparente, libre y respetuosa”, dejan claro que no acudirán al TEPJF, con lo que se vislumbra que acatarán la decisión del INE y cambiarán el nombre de la coalición que encabeza José Antonio Meade Kuribreña.
