La diputada Nora Merino Escamilla acusó a la presidenta municipal Claudia Rivera Vivanco junto con algunos de los integrantes del Cabildo, de mentir con respecto a las declaraciones realizadas este día sobre el cobro del Derecho al Alumbrado Público.
“Hago una atenta solicitud para que las ambiciones personales no afecten a las y los ciudadanos, que las prisas y el desconocimiento no provoquen el caer en actos ilegales que lo único que producen es un daño al patrimonio de quienes representamos y sobre todo, que no se pretendan justificar los errores cometidos llevándolos al campo de lo político”.
En un comunicado, la legisladora señaló que el DAP (Derecho al Alumbrado Público) es un cobro que efectivamente se tenía contemplado en el proyecto de ley de ingresos para el ejercicio fiscal 2021 por la actual administración del Ayuntamiento de Puebla, mismo que asciende a casi 140 millones de pesos en recaudación.
Invitó a que el equipo técnico y jurídico de la Presidenta Municipal se sirva al menos revisar la acción de Inconstitucionalidad 87/2020, promovida por la Comisión Nacional de Derechos Humanos, en donde se establece la presente prohibición a proceder al cobro exigido en los recientes comentarios. Siendo ésta la resolución idónea para comprender los legítimos motivos que esta soberanía tuvo para detener esta ilegalidad en beneficio de la ciudadanía.
La Ley de Ingresos del Municipio Puebla fue recibida y dictaminada por la Comisión General de Hacienda y Crédito Público del Congreso del Estado, de la cual soy integrante, y después de un análisis, ésta tomó la decisión colegiada de eliminar dicho derecho de la Ley, en acatamiento a la resolución que estableció la Suprema Corte de Justicia de la Nación sobre las leyes de ingresos de 2020 en diversos municipios, en los cuales establece de manera contundente que su cobro es competencia exclusiva de la federación, ya que su regulación es obligación del Congreso de la Unión. Cabe mencionar que ésta no fue la única Ley de Ingresos Municipal que tuvo que ser ajustada por esta soberanía, ya que otros municipios presentaron el mismo concepto.
Explicaron que en el caso particular del concepto del cual la Presidenta Municipal se adolece, no cumplía con los estándares legales mínimos para su procedencia, es más, el mismo obraba en abierto desacato a lo resuelto por la Suprema Corte de Justicia de la Nación.