En Sesión Ordinaria virtual del Pleno de la LX Legislatura del Congreso del Estado, la Mesa Directiva, recibió y turnó la iniciativa de decreto por la que se reforman la fracción LXII del artículo 78 de la Ley Orgánica Municipal del Estado y el artículo 43 y 51 de la Ley para las Personas con Discapacidad del Estado de Puebla en materia de empleo.
Como parte de la exposición, la diputada Tonantzin Fernández Díaz, comentó que lograr un espacio laboral suficiente digno resulta, relativamente fácil para quienes cuentan con las capacidades físicas, en contraste con quienes tienen los conocimientos físicos, pero padecen algún tipo de discapacidad, por lo que señaló que es necesario eliminar todo este tipo de barreras a fin de que este grupo de la población aceda a las mismas condiciones laborales y profesionales que el resto de la ciudadanía.
De tal manera que, en ambos ordenamientos, se propone aumentar la contratación de individuos en contexto de vulnerabilidad en el ámbito de los sectores público, privado y social de por lo menos el seis por ciento de personas con algún tipo de discapacidad.
El dictamen fue turnado a la comisión Unidas de Asuntos Municipales y de Personas con Discapacidad para su estudio y resolución procedente.
En un momento diferente del orden del día se dio lectura a la iniciativa de decreto por la que se adiciona la fracción III del artículo 15 de la Ley del Primer Empleo del Estado de Puebla.
Al hacer uso de la palabra, la diputada Guadalupe Muciño Muñoz, señaló que la desigualdad de género es uno de los problemas a los que se enfrentan las y los jóvenes para su primer empleo, por lo que la iniciativa tiene que ver con que para la inscripción de las personas físicas y morales en el registro empresarial se deberá contar con las condiciones de trabajo basadas en el principio de igualdad sustantiva entre mujeres y hombres en ningún caso podrán ser inferiores a las fijadas por la Ley Federal de Trabajo.
El dictamen fue turnado a la Comisión de Trabajo, Competitividad y Previsión Social para su estudio y resolución procedente.
En un momento distinto de la sesión se dio lectura al dictamen por el que se reforma la fracción I del artículo 33 de la Ley de Protección a las Personas Adultas Mayores para el Estado de Puebla.
En este sentido, el diputado Jonathan Collantes Cabañas indicó que propuso este dictamen con la finalidad de establecer como una obligación de la familia de las personas adultas mayores el evitar realizar actos de abandono en contra de las personas adultas mayores poblanas.
A través de un dictamen distinto se dio lectura a la iniciativa de decreto por la que se reforman las fracciones XXXV y XXXVI y se adiciona la fracción XXXVII, todas las anteriores del artículo 6 Bis de la Ley para Prevenir y Eliminar la Discriminación del Estado Libre y Soberano de Puebla.
Al hacer la exposición, la diputada Mónica Rodríguez Della Vecchia señaló que propuso este dictamen con la finalidad de establecer que es un acto de discriminación el prohibir, limitar o restringir a una madre, el acto de amamantar a su hija o hijo en espacios públicos.
El dictamen fue turnado a la Comisión de Derechos Humanos para su estudio y resolución procedente.