El Pleno de la Cámara de Diputados aprobó, en lo general y en lo particular, el dictamen que reforma la Ley General de Salud en materia de objeción de conciencia para personal médico y de enfermería.
El documento dividió votos en el bloque opositor, pues el Partido Acción Nacional (PAN) lo votó en contra, mientras que en la bancada del Partido Revolucionario Institucional (PRI) votó a favor y en abstención, al igual que sus aliados del Partido de la Revolución Democrática (PRD).
La reforma modifica el artículo 10 Bis y adiciona 12 artículos transitorios a la Ley General de Salud.
La propuesta define la objeción de conciencia como el derecho individual que tiene el personal médico profesional y de enfermería adscrito al Sistema Nacional de Salud para excusarse a realizar un acto médico, legalmente aprobado y jurídicamente exigible, al considerarlo incompatible con sus convicciones religiosas, principios morales o de conciencia ética.
“La Secretaría de Salud, en coordinación con las instituciones de seguridad social, las entidades federativas, los municipios y los particulares, en el ámbito de sus competencias, deberán garantizar en todo momento, en los distintos órdenes de gobierno, contar con personal médico profesional y de enfermería de carácter no objetor en cada una de las unidades del Sistema Nacional de Salud, para asegurar la atención médica de todas las personas, en los tiempos adecuados para no comprometer la salud o la vida de las personas solicitantes del servicio de atención sanitaria, evitando en todo momento que la prestación del servicio resulte inútil o extemporáneo y sin ninguna forma de discriminación”, señala el dictamen aprobado.