También se aprobaron reformas en materia de atención a personas con discapacidad y adultos mayores

Para garantizar la protección de los derechos humanos de las personas desaparecidas y sus familiares, en Sesión Extraordinaria de la LXI Legislatura aprobó el dictamen para expedir la Ley para la Declaración Especial de Ausencia por Desaparición de Personas del Estado de Puebla.

Con la nueva Ley, se regula el procedimiento para que las autoridades decreten la declaración especial de ausencia por desaparición de personas y, entre los efectos se tiene garantizar la patria potestad de los hijos de la persona desaparecida; proteger los derechos y bienes de las niñas, niños y adolescentes que sean hijos de la persona desparecida; así como fijar los derechos de guarda y custodia de las niñas, niños y adolescentes que sean hijas o hijos de la persona desaparecida.

Además, proteger el patrimonio de la persona desaparecida, incluyendo los bienes adquiridos a crédito y bienes sujetos a hipoteca; los familiares podrán acceder al patrimonio de la persona desaparecida y quienes pertenezcan a un régimen de seguridad social derivado de una relación de trabajo, pueden seguir gozando de los beneficios correspondientes; se protegen los derechos de familiares, dependientes y se establece la disolución del vínculo matrimonial a petición expresa de la persona cónyuge presente.

Durante su participación en Tribuna, la diputada Mónica Silva Ruiz señaló que es responsabilidad del Estado otorgar certeza jurídica, así como proteger los derechos y patrimonio de las personas que se encuentran desaparecidas, además, que los derechos de sus familiares no sean vulnerados.

Durante la sesión extraordinaria, también se aprobó una reforma a la Ley Orgánica Municipal para promover el cuidado del agua y reducir a la mitad el porcentaje de aguas residuales, aumentar su tratamiento, reutilización, implementar la gestión integrada de los recursos hídricos y proteger los ecosistemas, relacionados con el agua.

Además, también se avaló el dictamen para reformar el artículo 4 de la Ley de Protección a las Personas Adultas Mayores para el Estado de Puebla para que los adultos mayores cuenten con cuidados paliativos y de atención del dolor.

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