El Tercer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Circuito ordenó la suspensión provisional del Cablebús en la ciudad de Puebla, debido a la falta de un estudio de impacto ambiental y tras la inconformidad de organizaciones ciudadanas que advierten posibles riesgos para el medio ambiente.
La medida frena temporalmente el avance en la construcción del sistema de transporte aéreo impulsado por el Gobierno del Estado, instancia que presentará su proyecto el próximo 31 de marzo. Mientras tanto, las autoridades mantienen mesas de diálogo con activistas y ciudadanos.
Durante la sesión en la que se analizó el caso, la magistrada María del Rosario Hernández García explicó que la decisión responde a la ausencia de elementos suficientes para determinar si el proyecto generará daños al ecosistema urbano, particularmente en parques y áreas verdes de la capital.
“No contamos con mayores elementos, salvo las manifestaciones de las personas quejosas, y es por ello que consideramos que, de acuerdo a la doctrina jurisprudencial de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, que nos resulta obligatoria, y a los criterios que se han emitido respecto de situaciones análogas a la que se analiza, pues es procedente conceder la suspensión provisional”, dijo.
En ese sentido, precisó que la suspensión provisional se concede “hasta en tanto la persona juzgadora cuente con mayores elementos que aporten las autoridades al rendir sus informes previos”, entre ellos el estudio de impacto ambiental.
Este documento deberá demostrar que, aun en caso de que se lleve a cabo la tala o remoción de árboles, “no habrá este daño al medio ambiente toda vez que se mitigue con las medidas que estén fijadas por las autoridades correspondientes”.
Por su parte, el magistrado Israel Flores Rodríguez manifestó su respaldo al proyecto de resolución, aunque puntualizó que se trata de una determinación basada en información limitada, propia de esta etapa del proceso y dejó claro que la decisión no implica un pronunciamiento de fondo sobre el proyecto.
“Nosotros, en la resolución o en el proyecto, no se está diciendo que la autoridad estatal esté talando árboles, sino que es algo derivado de las características de la suspensión provisional; se presume esta cuestión, pero no deriva que nosotros estemos diciendo que se están talando árboles”, aseguró.
Explicó que este tipo de resoluciones funcionan como una medida precautoria para evitar posibles afectaciones mientras se analiza el caso con mayor profundidad: “es una medida precautoria, como su nombre lo dice, simplemente para que no se llegue a esta etapa”, dijo.
Finalmente, subrayó que cualquier determinación definitiva dependerá de la información que se integre en el expediente, una vez que las autoridades presenten los estudios y argumentos correspondientes.
Esta decisión responde a un juicio de amparo promovido por colectivos ciudadanos y vecinos de la capital poblana, que denunciaron posibles riesgos ecológicos, como la tala de árboles y daños a zonas verdes.
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