Por Mario Galeana 

El Congreso de Puebla frenó la aprobación de la llamada Ley Paulina Camargo, que permitiría encarcelar a sujetos vinculados a homicidios aún cuando el cadáver de la víctima no sea encontrado.

Tras tres meses de cabildeo y análisis legislativo, el presidente de la Junta de Gobierno y Coordinación Política del Congreso local, Jorge Aguilar Chedraui, reconoció que los congresistas desconocen la constitucionalidad de la norma y podría contravenir el Código Federal de Procedimientos Penales.

La votación a la reforma del artículo 312 del Código Penal de Puebla se suspendió durante la sesión ordinaria de ayer, después de que el Congreso de Jalisco aprobara una normativa “similar” que aún es analizada por las autoridades federales.

Los diputados jaliscienses  informaron ayer mismo a sus homólogos poblanos que las instancias federales aún analizaban la constitucionalidad de la reforma de dicha entidad.

“No queremos trastocar ninguna otra disposición federal. Queremos que desahoguen el tema de Jalisco para saber si tenemos que modificarla. Por eso hemos decidido retirar la votación de la orden del día para esperar y hacer el ajuste necesario”, explicó Aguilar Chedraui.

El también coordinador del grupo legislativo del PAN, y uno de los principales impulsores de la reforma, confió en que el Congreso de Puebla pueda aprobar la Ley Paulina Camargo a más tardar en dos semanas.

La reforma fue bautizada de esta forma por el probable feminicidio de Paulina Camargo Limón, una joven de 19 años que mantenía un embarazo de mes y medio hasta su desaparición, en agosto de 2015.

Su ex pareja, José María Sosa Álvarez, confesó ante las autoridades ministeriales el feminicidio de la joven, pero la Fiscalía General del Estado (FGE) no ha localizado el cadáver, que podría haber sido ocultado en el relleno sanitario de Chiltepeque.

La ausencia del cuerpo de Paulina Camargo hizo tambalear, a ratos, la permanencia de Sosa Álvarez en prisión, a la que ingresó a mediados de 2015. Su defensa legal se ha asido de este elemento para justificar que la joven no fue asesinada, sino que se encuentra en calidad de desaparecida.

La reforma habría dado a la Fiscalía un marco legal para procesar a los responsables de homicidios aun cuando el cadáver no sea hallado, y siempre y cuando haya indicios y pruebas reales sobre la participación del señalado.

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