Por: Staff 24 Horas Puebla

El día de ayer la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró inconstitucional la norma de la Ciudad de México que otorga a las madres la preferencia automática para ejercer la guardia y custodia provisional de menores de 12 años de edad en los juicios de divorcio.

El artículo establecía que, en los juicios de divorcio, la guardia y custodia provisional debía otorgarse en primer momento a la madre; sin embargo con esta resolución la SCJN determinó que el Artículo del Código Civil violenta los derechos del menor, porque desplaza la funciono del juzgado de evaluar las circunstancias particulares de cada caso para determinar quién de los padres es el mejor para cumplir con las necesidades y cuidadles del menor.

El dictamen publicado, expone que no hay una evidencia científica para determinar si es más beneficioso para un menor permanecer al lado de su madre.