La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó la sanción a dos encuestadoras por poner en riesgo la equidad en la contienda, con la difusión de encuestas sin sustento metodológico.

Durante la sesión de este miércoles, los magistrados señalaron que se omitió señalar quién patrocinó o pagó dicho ejercicio, así como exponer algún parámetro diverso al mero cálculo de frecuencias relativas de las respuestas de la muestra estudiada durante el pasado proceso electoral del Estado de México.

En este sentido, un ciudadano presentó una queja en contra de la entonces candidata a la gubernatura del Estado de México, Delfina Gómez Álvarez, el partido Morena, la coalición Juntos Haremos Historia y diversas encuestadoras, entre estas Gobernarte y Demoscopía Digital, con el argumento de que las personas denunciadas difundieron encuestas con información falsa y sin sustento metodológico.

En su oportunidad, el Tribunal local resolvió que solo las encuestadoras denunciadas infringieron las reglas electorales, porque la encuestadora Gobernarte no identificó quién solicitó, ordenó o pagó por la publicación del ejercicio en cuestión.

Además, la encuestadora Demoscopía Digital no especificó si la encuesta que publicaron incluía estimaciones de resultados electorales, un modelo de probables votantes u otros parámetros más allá de simplemente calcular la frecuencia de las respuestas a las preguntas de la encuesta.

En consecuencia, se concluyó que las infracciones cometidas ocasionaron que la ciudadanía recibiera información sobre preferencias electorales sin bases objetivas, lo que pudo afectar la equidad en la contienda, por lo que se les impuso una amonestación pública.

El Tribunal Electoral confirmó la sentencia porque el tribunal del Estado de México fundó y motivó debidamente su resolución al determinar la responsabilidad de las encuestadoras por difundir encuestas sin los requisitos previstos en la normativa electoral.