Foto: JAIME CID

Sergio Salomón Céspedes, gobernador de Puebla, envió al Congreso local una reforma en la que propone aumentar las causas para revocar la patente de una notaría.

En el documento, el gobernador propone que sólo se entreguen patentes a quienes no tengan sanciones de la autoridad notarial, y a los que tengan 10 años de experiencia.

En las modificaciones al Artículo 9 de la Ley del Notariado para el Estado de Puebla el gobernador propone revocar las patentes a los notarios que se separen de sus funciones sin dar previo aviso, a los que impidan las visitas de inspección, y a quienes realicen otra función ajena a lo que manifestaron.

Sergio Salomón Céspedes precisa en el documento que las modificaciones a la Ley del Notariado para el Estado de Puebla, son para “dar estabilidad, tranquilidad y certeza jurídica” a la población.

El gobernador indica que en cada distrito judicial habrá una notaría por cada 25 mil habitantes. Esta reforma establece que para ser notario titular se debe contar con al menos 10 años de experiencia y actualizarse constantemente.

Un nuevo requisito para la obtención de la titularidad es no haber sido sancionado durante el mismo plazo por la autoridad notarial, de acuerdo a la modificación del artículo 59.

Causas de revocación

En la reforma a la ley notarial que propone el gobernador se indica que se les revocarán las patentes de las notarías a los que se separen de sus funciones sin dar previo aviso o sin haber gestionado alguna licencia.

A los que impidan las visitas ordinarias y extraordinarias, o la inspección de la Dirección General de Notarías, se les quitará la patente.

También la perderán los que realicen cualquier actividad que sea incompatible con el desempeño de sus funciones y los que tengan una oficina distinta a la manifestada por las autoridades.

Se suspenderá de tres días hasta por un año a quien provoque por culpa o dolo, por segunda vez, la nulidad de algún instrumento y testimonio.

Serán sancionados los notarios que se excedan con el arancel o con los convenios celebrados en materia de honorarios.

También serán sancionados los notarios que se nieguen a ejercitar sus funciones y los que no avisen si un documento expedido se pierde, altera, deteriora, o se extravía.

También será motivo de suspensión impedir las visitas ordinarias, extraordinarias, de inspección o especiales.

Además, por la simulación de actos cuando hayan sido pagados en su totalidad las cantidades y se asiente la razón “pendiente de autorización por falta de pago”.

“Por no cumplir con los requisitos que el Gobierno del Estado a través de la Consejería Jurídica le hagan en específico a los notarios a través del Colegio de Notarios”, dice la nueva fracción XVII del artículo 243.

La reforma enviada por el gobernador del estado fue turnada a la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales, para que sea estudiada y dictaminada.

Por Paola Macuitl Gallardo

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