Los contribuyentes dados de alta como personas físicas tendrán hasta el 30 de abril para presentar su declaración anual 2024, pues a partir del 1 de mayo se considerará extemporánea, confirmó el Servicio de Administración Tributaria (SAT).

En rueda de prensa, la Administradora Desconcentrada de Servicios al Contribuyente de Puebla IIMaría Elizabeth Reyes Ortega, detalló que están obligadas a presentar la declaración los mexicanos que trabajaron con un solo empleador y dejaron de laborar antes del 31 de diciembre.

Además, las que obtuvieron ingresos distintos a su salario, que trabajaron para dos o más empleadores de manera simultánea o si sus salarios provienen del extranjero o de personas no obligadas a retener impuestos.

Reyes Ortega explicó que, en caso de generar un saldo a favor que no exceda los 10 mil pesos, la declaración podrá presentarse utilizando únicamente la contraseña de ocho dígitos.

Sin embargo, si el monto a devolver rebasa los 10 mil pesos o si se desea cambiar la Cuenta Clabe registrada, el envío deberá realizarse con firma electrónica (e.firma).

La representante de autoridad fiscal subrayó que el uso de la firma electrónica brinda mayor seguridad al contribuyente, ya que la plataforma solicitará su autenticación para validar el trámite de devolución.

Para facilitar el proceso, explicó que el SAT mantiene habilitado el portal www.sat.gob.mx, donde los contribuyentes pueden revisar si están obligadas a declarar, consultar su información precargada y presentar su declaración de forma rápida y segura.

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