¿Qué es un despacho de cobranza?
Los despachos de cobranza son personas físicas o morales que actúan como intermediarios entre una entidad comercial y un deudor. Su función principal es requerir el pago extrajudicial de una deuda o negociar reestructuraciones de créditos o financiamientos.
Una entidad comercial contrata estos despachos para delegar el proceso de cobro de deudas de personas morosas a empresas especializadas.
¿Quién controla a los despachos de cobranza?
La responsabilidad de supervisar que los despachos cumplan la ley recae en las entidades comerciales que los contratan. Si un despacho actúa incorrectamente, la entidad comercial puede ser sancionada por la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco).
Profeco es la autoridad que regula y vigila el funcionamiento de estos despachos.
¿Qué NO pueden hacer los despachos de cobranza?
Según Profeco, un despacho de cobranza no debe:
- Contactar a personas distintas al deudor, aval o obligado solidario.
- Comunicarse en horarios no permitidos (entre 22:01 y 06:59).
- Usar lenguaje ofensivo, amenazar o acosar.
- Hacer pública la deuda mediante medios masivos o en la vía pública.
- Hacerse pasar por autoridades o juzgados.
- Recibir pagos directamente.
- Usar números ocultos o confidenciales para llamar.
Tus derechos frente a los despachos de cobranza
Los despachos deben:
- Presentar constancia clara de la deuda.
- Contactar respetuosamente en horarios de 7:00 a 22:00 horas.
- Proporcionar datos del despacho y de la entidad comercial.
- Informar el monto total y desglose del adeudo.
- Entregar documentos oficiales sobre negociaciones.
- Emitir carta finiquito al concluir el pago para dar de baja la deuda en Buró de Crédito.