Con el objetivo de regular el uso de motocicletas y garantizar la seguridad vial, el Congreso del Estado aprobó reformas a la Ley de Movilidad.

El dictamen fue elaborado por diputados de distintas bancadas, tomando en cuenta aportaciones de mesas de trabajo. Las reformas prohíben placas alteradas o parcialmente ocultas en motocicletas.

Se establecerá que las tarjetas de circulación detallen la capacidad del vehículo conforme a su diseño original. Además, los cascos deberán portar un distintivo con código alfanumérico, vinculado al sistema de licencias de la Secretaría de Movilidad.

El distintivo no deberá afectar la integridad del casco y será obligatorio para circular. Asimismo, las bicicletas y monopatines eléctricos que superen los 25 km/h no podrán transitar por vías de alta velocidad sin infraestructura segura.

Se incluirán nuevas obligaciones como el uso de chalecos reflejantes (20% mínimo de visibilidad) para servicios de mensajería y paquetería, así como el uso obligatorio de luces encendidas durante todo el trayecto.

Sólo podrá viajar el conductor y los acompañantes permitidos, prohibiendo su uso para menores de 12 años o personas sin estabilidad corporal. Queda prohibido modificar la motocicleta para aumentar el número de asientos.

Se exigirá circular en medio del carril y no compartir carril entre motociclistas. También se elimina el permiso provisional, salvo en traslados de motos nuevas sin placas.

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