El coordinador del Gabinete estatal, José Luis García Parra, responsabilizó al Partido Acción Nacional (PAN) por las posibles consecuencias derivadas de la eliminación de la llamada Ley de Ciberasedio en Puebla, luego de que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó dicha disposición.

El funcionario advirtió que “queda en la conciencia del PAN si algún menor de edad atenta contra su vida a causa de la violencia digital”, al considerar que la derogación de esta normativa deja en estado de “vulnerabilidad” a niñas, niños y jóvenes poblanos dentro del entorno digital.

Durante su posicionamiento en la conferencia matutina de este lunes, García Parra defendió la iniciativa de ciberseguridad impulsada en 2024 en el Congreso del Estado y subrayó su alcance en materia de protección digital.

“Como diputado local presenté la iniciativa con el objetivo de proteger a las y los usuarios frente a delitos cometidos a través de internet, como fraudes, ante la falta de una legislación que los resguardara”, expuso el funcionario.

Asimismo, refirió que, gracias a la implementación de medidas de seguridad en estos entornos digitales, las autoridades estatales han logrado frenar afectaciones económicas a la ciudadanía poblana.

VIOLENCIA DIGITAL

“El secretario de Seguridad, Francisco Sánchez, ha informado que se han protegido más de 20 millones de pesos de las y los poblanos, gracias a que la Policía Cibernética cuenta hoy con más herramientas operativas”, afirmó.

En cuanto al contenido de la ley, explicó que uno de sus ejes centrales era la protección de menores frente a la violencia digital, por lo que aseguró que el PAN intentó tergiversar el alcance de la propuesta.

“El PAN aseguró que el ciberacoso ya estaba legislado, pero no entienden la diferencia: el ciberacoso tiene una connotación sexual, mientras que el ciberasedio abarca violencia, difamación, mentira y calumnia en entornos digitales”, señaló.

García Parra también rechazó las críticas relacionadas con un supuesto blindaje a figuras del Gobierno local, ya que “la intención era proteger principalmente a sectores vulnerables, como menores de edad que interactúan diariamente en plataformas digitales (…) y no a los funcionarios públicos”, destacó.

CONDUCTAS INDEFINIDAS

El 14 de abril, el Pleno de la Corte determinó la inconstitucionalidad del artículo 480 del Código Penal de Puebla, al considerar que la redacción del delito de ciberasedio era vaga e imprecisa, utilizando términos como "vigilar", "hostigar" u "ofender" sin definir claramente las conductas prohibidas.

Además, los ministros argumentaron que una norma tan amplia permitía aplicaciones arbitrarias que ponían en riesgo el derecho a la libre expresión en entornos digitales.

En tanto, el presidente del Poder Legislativo local, Pável Gaspar Ramírez, indicó que por ahora no se contempla la creación de una nueva figura jurídica en la materia, sino hasta que exista un consenso amplio con distintos sectores de la sociedad.

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