La Comisión Nacional Antimonopolio impuso una multa conjunta de 19.9 millones de pesos a Rappi y Banorte por ejecutar una concentración sin la autorización previa requerida.
El organismo detectó que, desde el 20 de julio de 2020, Banorte obtuvo facultades para intervenir en el negocio de tarjetas de crédito de Rappi sin informar a la autoridad.
La autoridad recordó que el control previo de concentraciones es vital. Esta herramienta previene afectaciones a la competencia económica, protegiendo tanto a usuarios finales como a otras empresas del sector.
Omitir este proceso es una falta grave a la ley. Estas operaciones pueden alterar precios, reducir la calidad de servicios y limitar las opciones reales para los consumidores mexicanos.
La normativa no es opcional. Todas las empresas que alcancen los umbrales legales establecidos deben notificar sus movimientos para evitar riesgos que serían difíciles de corregir una vez ejecutados.
Con esta sanción, el regulador busca reforzar el cumplimiento estricto de las normas. Especialmente en sectores clave como el financiero y el de servicios digitales, donde las alianzas son frecuentes.
El organismo enfatizó que asociaciones mal gestionadas impactan negativamente en el mercado. La resolución es un mensaje directo sobre la importancia de la transparencia en los procesos de asociación empresarial.
Finalmente, las empresas sancionadas conservan el derecho de impugnar la resolución. Pueden acudir ante los tribunales especializados en competencia económica para intentar revertir o modificar la sanción impuesta por el organismo.
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