El presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), Hugo Aguilar Ortiz, informó que el Poder Judicial de la Federación dará seguimiento al cumplimiento de la resolución sobre los derechos de las infancias trans en Puebla.
Durante una visita a la entidad, el ministro señaló que el máximo tribunal ya emitió una resolución y estableció un plazo específico para que el Congreso local atienda diversas observaciones, luego de detectar incumplimientos en los estándares establecidos en una reforma previamente aprobada.
Aguilar Ortiz subrayó que la Corte cuenta con un área especializada encargada de supervisar el cumplimiento de sus determinaciones, por lo que se mantendrá vigilancia sobre las acciones del Poder Legislativo estatal.
“El decreto tiene un plazo y vamos a estar atentos a que se cumpla”, expresó. Asimismo, recordó que previamente se realizaron llamados al Congreso local sin obtener resultados satisfactorios, lo que derivó en un seguimiento más estricto del caso por parte del Poder Judicial.
La jurisprudencia emitida por la SCJN establece que las niñas, niños y adolescentes trans e intersex tienen derecho a la rectificación de su acta de nacimiento por identidad de género autopercibida, sin que la edad sea una barrera.
CONSENSO SOCIAL
En paralelo, colectivos LGBTIQ+ expresaron su preocupación por declaraciones del gobernador, Alejandro Armenta Mier, quien planteó la posibilidad de realizar una consulta sobre la identidad de género de infancias y adolescencias, bajo el argumento de una supuesta falta de consenso social.
Las organizaciones señalaron que esta postura desconoce el mandato derivado de la Acción de Inconstitucionalidad 132/2021 emitida por la SCJN, así como criterios internacionales en materia de derechos humanos.
Recordaron además que en 2023, el entonces senador Armenta Mier generó polémica al calificar la identidad trans como una “moda”, lo que derivó en disculpas públicas tras críticas de la comunidad e integrantes de su propio partido.
Mediante un comunicado, sostuvieron que los derechos humanos no pueden someterse a consulta, respaldándose en criterios de la SCJN y de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, particularmente en la Opinión Consultiva OC-24/17, que reconoce la identidad de género como un derecho protegido sin restricciones por mayoría o edad.
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