El titular de la Segom, René Sánchez Galindo, aclaró que antes de llevar la iniciativa al Congreso del estado, instalarán foros de consulta para conocer la opinión de los pobladores de las presidencias alternas.

Por: Osvaldo Valencia

El Cabildo de Puebla impulsará una reforma a la Ley Orgánica Municipal para cambiar la denominación de las juntas auxiliares a delegaciones o pueblos de raíces indígenas.

El secretario de Gobernación Municipal, René Sánchez Galindo, señaló que trabajarán la iniciativa para llevarla al Congreso del estado.

Asimismo, preparan una reforma en torno a la organización y desarrollo de los plebiscitos en dichas demarcaciones para que sea el Instituto Electoral del Estado (IEE) el que se encargue del proceso.

El funcionario municipal apuntó que previo a considerar la iniciativa de reforma deberán instalar foros de consulta para los pobladores de las comunidades para definir principalmente sus límites y tradiciones particulares.

Asimismo, señaló que uno de los pendientes que tienen que precisar los congresos locales en el país es la definición exacta de un “pueblo indígena” y la de una “comunidad indígena”

“Esto como una reestructuración del reconocimiento de las comunidades, ya que algunas están definidas como pueblos y comunidades indígenas que se rigen bajo usos y costumbres. En la Constitución se permite que existan pueblos indígenas sin territorio y comunidades indígenas con territorio y ningún estado del país ha definido eso y es parte de la problemática”, apuntó.

Sánchez Galindo comentó que otra de las figuras legales que no ha sido legislada es la de la comunidad equiparable y las inspectorías y sus alcances, entre otros temas.

ELECCIÓN EN JUNTAS AUXILIARES

Sobre la reforma para que el IEE se encargue de los plebiscitos en estas demarcaciones, manifestó que la sentencia de la Sala Regional Ciudad de México del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) abrió la posibilidad para que se haga.

Argumentó que en la Ley Orgánica Municipal no se establece la normatividad necesaria para que sean los ayuntamientos los que desarrollen las etapas de dichas elecciones.

No obstante, en la sentencia también se puntualiza que el TEPJF le quitó la facultad de organizar comicios al Ayuntamiento de Puebla debido a que no garantiza la imparcialidad, autonomía e independencia del proceso.

“El objetivo, el compromiso que hemos hecho con la administración pública es que para la siguiente administración no se padezca de este retraso de este anacronismo en la norma”, declaró.

En estos plebiscitos en juntas auxiliares el IEE fue designado encargado del proceso en Ignacio Zaragoza, mientras que en Ignacio Romero Vargas, donde hubo quema de material electoral, aún están a la espera de la revisión de la papelería para definir si se anulará de nueva cuenta el proceso o se declarará un ganador.