La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que el Fondo de Pensiones para el Bienestar se ajusta a la Constitución y respaldó el mecanismo que permite trasladar recursos no reclamados de cuentas de retiro al esquema.
El Pleno concluyó que esta medida no constituye una confiscación, debido a que los trabajadores conservan el derecho de solicitar la devolución de sus recursos en cualquier momento.
Durante la discusión, la ministra Yasmín Esquivel Mossa señaló que las disposiciones cuestionadas no eliminan la propiedad de los titulares sobre sus ahorros. También destacó el carácter imprescriptible de los recursos, lo que permite exigir su devolución sin que el derecho desaparezca con el paso del tiempo.
“Las normas impugnadas no implican un decomiso, confiscación o privación de los recursos”, sostuvo la ministra durante la sesión.
¿Cómo funciona el Fondo de Pensiones?
La resolución corresponde a la acción de inconstitucionalidad 116/2024, promovida por legisladores de la LXV Legislatura contra el decreto publicado el 30 de abril de 2024, que modificó diversas leyes para establecer el nuevo esquema pensionario.
La normativa permite transferir al Fondo los recursos de determinadas subcuentas de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez cuando los titulares alcanzan los 70 años bajo la Ley del Seguro Social o los 75 años para trabajadores del ISSSTE, siempre que el dinero permanezca sin reclamarse.
El mecanismo busca mejorar el ingreso de los trabajadores durante la jubilación mediante complementos a determinadas pensiones. Para 2026, el salario de referencia tiene un límite de 17 mil 885.85 pesos mensuales.
Según datos del IMSS, entre julio de 2024 y mayo de 2026, más de 7 mil personas recibieron complementos provenientes del Fondo.
La Corte también consideró que las posibles irregularidades señaladas por los promoventes durante el proceso legislativo quedaron subsanadas y que las distintas fuerzas políticas tuvieron oportunidad de participar.
El fideicomiso opera con la Secretaría de Hacienda como fideicomitente y el Banco de México como fiduciario.

