Este martes 30 de abril vence el plazo para hacer la declaración anual 2024 ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT); personal de la dependencia informó que en este último día ampliaron su horario de atención de las 8:30 horas a las 18 horas.

Las personas obligadas a presentar la declaración anual son aquellas que pertenecen al régimen de Sueldos y Salarios de un solo patrón que dejaron de laborar antes del 31 de diciembre del año pasado, también quienes obtuvieron ingresos distintos a dicho régimen, así como para quienes trabajaron para dos o más patrones de manera simultánea.

De igual forma tienen que declarar aquellas personas cuyos salarios provienen del extranjero, también quienes obtuvieron ingresos por jubilación y además, quienes cuya totalidad de ingresos anuales excede los 400 mil pesos.

Deben declarar quienes estén dentro de los regímenes de Servicios Profesionales, Actividades Empresariales, Cobro de Rentas por Algún Bien Inmueble, Enajenación y Adquisición de Bienes, Intereses o Dividendos y el Régimen Simplificado de Confianza.

María Elizabeth Reyes Ortega, Administradora Desconcentrada de Servicio al Contribuyente Puebla 2, explicó que los requisitos para declarar son: tener RFC (Registro Federal de Contribuyentes), contraseña del portal del SAT y firma electrónica.

Esta última, explicó, es necesaria cuando se tiene un saldo a favor superior de los 10 mil pesos: “forzosamente la declaración debe ser presentada con firma electrónica para poder obtener esa devolución de manera automática, en dado caso de que no se realice de esta forma y se presente con contraseña, de manera posterior se va a tener que realizar de manera manual”, dijo.

Reyes Ortega recordó que las y los contribuyentes cuentan con cinco años para reclamar su saldo a favor.

“Aquellos contribuyentes que tengan un saldo a cargo, el Servicio de Administración Tributaria para apoyo del pago de ese saldo está otorgando un beneficio de pagarlo hasta en seis parcialidades, evidentemente se deben de cumplir ciertos requisitos para poder acceder a este beneficio, que es pagar de manera puntual cada parcialidad”, dijo.

Detalló que las y los contribuyentes que entre este 29 y 30 de abril que tengan un saldo a cargo van a tener hasta este último día de abril para hacer el pago de la primera parcialidad. En caso de que se atrasen con un pago mensual, se generarán recargos que también se deberán cubrir.

Pueden acudir a las oficinas desconcentradas para que el personal del SAT apoye para generar las líneas de captura, pero aclaró que desde el portal en línea ya se cuenta con la información precargada con la información, por lo que al enviar la declaración se presenta la opción de pagar el saldo en una sola exhibición o las seis parcialidades.

Además, dijo que el SAT cuenta con varias herramientas de apoyo para que las y los contribuyentes cumplan con la obligación, como el Visor de Nómina,que permite a los trabajadores verificar que la nómina que recibieron esté correcta y en caso de que no sea así, se puede solicitar la corrección de la misma.

Por: Paola Macuitl Gallardo

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